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PRISION: si te piden no más de 2 años de carcel es que no entras,no?

11 Comentarios
 
18/08/2010 19:39
Hola feddericca.

Si las 2 de las 4 veces que te han pillado, que dices que son "cancelables", son condenas impuestas en los 5 últimos años (repito, aunque sean cancelables como antecedente), olvídate también de la SUSTITUCION del art. 88 CP que te apuntaba Katia en su mensaje de 12 de agosto de 2010, porque en tal caso serías REO HABITUAL (3 o más condenas en 5 años) conforme al art. 94 del Código Penal, y el beneficio de la SUSTITUCION no lo conceden a los reos habituales.

En mi opinión, sólo quedaría preparar una petición de tercer grado directo e ingresar voluntariamente en un Centro Penitenciario. Si pudieras hacer un curso de educación vial antes de entrar, es posible que entonces no te obligaran a hacerlo estando reclusa y pudieras aprovecharte del tercer grado directo . Depende de cada centro.

Me gustaría darte mejores noticias pero suelo decir las cosas como las veo.

Saludos.
viaderconsultas@gmail.com
16/08/2010 23:48
Fedderrica es un caso parecido al mío (por no decirel mísmo,pero que en estos temas penales ningún caso es igual al otro). Muchis´ma suerte.
12/08/2010 17:52
Estoy de acuerdo con vosotros pero encontré en su día varias STS que reducían la discrecionalidad del juez en cuanto la concesión de suspensión ha de estar motivada, pero en el caso de que asistan los requisitos del 81, la motivación se "vuelve en contra" debiendo el juzgador motivar suficientemente la denegación de la suspensión.

Es decir, está claro que no es una obligación, pero si se dan los requisitos se debe acordar la suspensión salvo que existan motivos (en sentido jurídico-procesal) que lo impidan.

Vamos que ese automatismo del juzgador de instancia tiene una explicación en el Supremo que de alguna forma lo respalda...
12/08/2010 02:09
Es cierto que acceder a la suspensión de la pena cuando es el primer delito e inferiro a dos años, es potestativo del juez, no obligatorio, pero en la práctica siempre se accede a la suspensión, incluso, generalmente se suele hacer de oficio.

feddericca,
En su caso, probablemente se va a denegar la suspensión, pero puede solicitar la sustitución de la pena y ésta es probable que se acceda.

Un saludo,
10/08/2010 23:03
Si eres reincidente no hay posibilidad de suspender la condena.

Aunque me gustaría aclarar una cosa.

Decir que si te meten menos de dos años la primera vez no entras a la cárcel es no decir la verdad, pues la ley dice que el juez PUEDE suspender la condena. Otra cosa es que exista una practica judicial autómata de siempre optar por la froma menos gravosa la primera vez. Pero en ningún caso es una obligación del juez.

10/08/2010 18:09
Ah, se me olvidaba, no importa que la primera vez no te pidiesen prisión, la segunda si lo pueden pedir y la reincidencia supone que no hay suspensión de condena. Sorry.
10/08/2010 18:07
La primera vez que delinques y te ponen una pena inferior a dos años no vas a prisión porque no eres reincidente. La segunda vez que delinques ya eres reindicente y puedes ir a prisión aunque te pongan 2 meses de prisión o lo que sea, da igual que te pongan menos de dos años. El abogado de oficio posiblemente haya visto más juicios penales en su vida que muchos abogados de 5000 €, y es más, puede que un abogado de 5000 € no acepte tu caso si no tiene posibilidades de ganar a no ser que te cobre una buena provisión de fondos. El de oficio lo hace por vocación, pero ni uno ni otro hacen milagros. Hay mucha gente en la cárcel por reincidencia en las alcoholemias, no hay otra.
05/08/2010 03:35
lo dudo.....
05/08/2010 03:29
Grácias agapito y lsd2,

Soy reincidente porque ha habído una 1ª condena.
En esta 1ª condena no me pidieron cárcel, en cuánto a lo del plazo de no cometer algún delito ahí si me cogen,
el plazo era de un año y me falta un més, pero tengo el permiso de conducción en vigor ahora y también cuándo los hechos ocurriéron.

El tema de letrado tiene mucho que ver,no?

Un buen abogado,y cuándo digo un buen abogado en la cuál su minuta por este tipo de juícios ronda los 5000e, te puéde sacar de este atrolladero?
05/08/2010 02:51
Lo que llamáis abogado de oficio y de turno es lo mismo. Luego, el servicio de ese abogado puede ser gratuito o no, que la justicia gratuita es otro tema.

Si son menos de 2 años de prisión no entras, pero eso en el caso de que no seas reincidente. Si lo eres, a la 2ª sí que entras, aunque sea menos de 2 años. Eso en el caso de que en la anterior también te cayese pena de prisión y no entrases por ser menos de 2 años, y que reincidieses dentro del plazo que tienes para no cometer más delitos, claro.

Si te conformas con la pena en el juicio rápido te beneficias de una recucción del 30%. Como no lo has hecho, si te cae, la pena te caerá entera.
05/08/2010 00:29
el fiscal seguira acusando e incluso puede que te pida mas pena de prision, si esta es la segunda vez que te pillan es porque eres reincidente, en el hipotetico caso de que hubieras aceptado la conformidad hubieses cumplido estos seis meses mas los meses de la pena anterior, mucho me temo que al final entraras en prision, tarde o temprano entraras, y claro que puedes cambiar de abogado, el abogado que te toco de turno no es de oficio, sino de turno, fue el que te asistió en tu declaracion y juicio rapdio, que en este caso no quisiste conformarte con la pena, pero me surge dudas, porque no soy abogado, porque no tu abogado o abogada pidio la sustitucion por multa, no soy abogado que lo sepas.
saludos.
Prision: si te piden no más de 2 años de carcel es que no entras,no?
04/08/2010 22:16
Hola muy buenas por decir algo,

El tema es que ayer tuve un juício rapido por reincidencia en el tema de alcholémia.

Cuándo mi "letrada" acabó de hablar con el fiscal,salió y me dijo esto(la primera en la frente): Te pide 6 meses de carcel si lo aceptas te quedas con 4 pero ahora mismo vienen los mossos y se te llevan a la modelo,carcel.

obviamente no acepté.

El tema es que si te piden no más de 2 años de carcel es que no entras,no?
Por qué mi "letrada" me dijo esto?

Esta es la cuarta véz que me pillan,pero las 2 primeras ya son cancelables.

¿Es posible que para el proximo juicio la fiscal me siga pidiendo carcel y yo no pueda hacer nada por evitarlo?

Mi letrada és de oficio y la quiero cambiar ¿se puéde cambiar?

besos,feddericca.