Si el convenio colectivo no dice nada, nos tendremos que acoger a lo que diga el Estatuto de los Trabajadores, y lo que dice es que las vacaciones siempre se disfrutan de común acuerdo entre trabajador y empresario, y que el trabajador debe conocerlas con al menos dos meses de antelación.
O lo que es lo mismo, no tiene por qué haber prioridad ni por antigüedad ni por tener hijos. Tampoco debería existir por ser más o menos amigo del jefe.
En mi empresa podemos escoger los dias de vacaciones, pero no pueden coincidir mas de 2 personas.
El caso es que eligen primero los "amigos" del jefe.
Me gustaria saber si los trabajadores con mas antiguedad o con hijos tendrian prioridad para escoger sus vacaciones, ya que en el convenio no se habla de este tema.