No hay forma de priorizar unos pagos frente a otros fuera del concurso de acreedores, una de cuyas funciones es precisamente esa. Los pagos y cobros son competencia discrecional del administrador. Si consideran que su gestión no es la adecuada, convoque Junta y céselo.
Hola. El Administrador de una SL ha vendido la nave industrial en dónde la empresa desarrolla su actividad. La Sociedad ha pagado con el importe de la venta, préstamos de la Sociedad pero sin garantía sobre inmuebles y de los que son avalistas el Administrador y su esposa y ha dejado de pagar otro préstamo hipotecario de un bajo comercial.
Mi pregunta es si está regulado de alguna manera el como priorizar el pago de préstamos bancarios ya que unos tienen garantía sobre bienes inmuebles y otros no.
Gracias.