espero que podais ayudarme un poco, la cuestión es que a una persona le hicieron una liquidación en el ITPAJD con determinada valoración de los inmuebles y otra para el IVA en la que la valoración es diferente teniendo que pagar una cantidad enorme. Que pensais acerca de poder argumentar el principio de unicidad y tomar la misma base en ambos impuestos, la jurisprudencia es muy contradictoria en este aspecto. un saludo y gracias