En derecho laboral, el principio de norma más favorable nos indica que cuando existan dos o más normas, cualquiera que sea su rango, aplicables a un caso concreto, se aplicará la que, apreciada en su conjunto, sea más favorable para el trabajador. La norma en cuestión se aplicará en su totalidad, es decir, no se puede tomar lo favorable de una norma y rechazar lo adverso.
Mi pregunta es, ¿este principio es aplicable por analogía en derecho administrativo, en la relación administración (empresa) - empleado publico, distinto de personal laboral (trabajador), ya sea funcionario de carrera o interino, personal eventual o estatutario?