He comenzado a trabajar en una empresa el día 24 de agosto de 2010. Mi salario anual es de 29.500 €, por lo que el mensual es de 2458,33 € brutos. Al llegar la nómina de este mes he comprobado que han hecho el cálculo por 7 días trabajados, en lugar de hacerlo por 8 días que son los que trabajado realmente. Excusándose con que la nómina es mensual y se paga a 30 días, no me pagan ni tienen en cuenta el día 31 ¿Es esto correcto??
Este mes me han pagado 573,61 € brutos haciendo el cálculo por 7 días de trabajo cuando yo en realidad he trabajado 8 días, por lo que dividiendo el salario mensual entre 30 o entre 31 días siguen sin salirme lo equivalente o proporcional a los 8 días de trabajo que he trabajado realmente.
Además la empresa me indica en la nómina que he trabajado 7 días cuando realmente he trabajado 8 días. Hoy he visto en un foro dos opiniones de otra persona que le preguntaban algo similar y respondia lo siguiente:
"El mes correspondiente al alta, el trabajador cobra y cotiza por los días naturales trabajados excepto si está todo el mes de alta, en cuyo caso cobra y cotiza por 30 días."
"Trabajadores mensuales: se calcula 360 días/año y se dividen en 30 días por mes, independientemente de los días naturales de cada mes. Es decir, la nómina de febrero, al igual que la de julio tendrá 30 días.
Las únicas ocasiones en que se tienen en cuenta los días reales trabajados serán los meses de entrada y de salida de la compañia, si no los hemos trabajado al completo."
Por lo que yo pregunto: ¿Esta la empresa haciendo lo correcto o es el foro quien tiene razón y por ser el primer mes de trabajo debería cobrar los 8 días que realmente he trabajado (en lugar de los 7 que argumentan por tener el mes 31 días)? ¿Cual es la cantidad bruta correcta que debería cobrar este mes habiendo empezado el día 24 de agosto lo que son 8 días de trabajo real??
¿Hay alguna ley que me ayude a argumentarlo a la empresa?
Muchas gracias de antemano por la ayuda, necesito hablarlo con la empresa lo antes posible.
Yo estoy de acuerdo con lo que argumentan en el foro al que haces referencia, aunque lo que te están haciendo a ti, no es necesariamente ilegal. Me explico.
En asuntos laborales, hay determinados asuntos que no se detallan legal o convencionalmente, sino que están sujetos a las prácticas habituales y la costumbre.
Aplicando la lógica, lo más correcto en mi opinión es pagar por los dias trabajados en el primer y último mes siempre que no se trabaje el mes completo, ya que de otro modo te puedes encontrar casos como el tuyo o incluso más llamativos, en los que trabajando dos días solo cobren uno.
En definitiva, lo que te sucede, mas que intentar escaquearte un día, suele producirse más por motivos informáticos ya que hay programas de nóminas que siguen este criterio, de ahí que en tu empresa lo vean como algo natural.
Dicho esto, y considerando que es un asunto sujeto a discusión, no se si te merecerá la pena liarla en tu primer mes de trabajo, tal y como está el tema... pero vamos eso ya es asunto tuyo.
Muchísimas gracias por tu repuesta. ¿Sabes si existe alguna ley al respecto de este tema?
Me parece injusto, ya que si yo trabajase 8 días del mes de febrero no creo que me pagasen 9 días por pagar a 30 días.
Tienes razón que no merece la pena liarla pero estando el tema como esta y teniendo una gran hipoteca que pagar, el hecho de que te pagen un día menos duele mucho.
Y por otra parte, ese día que no me pagan ¿tampoco lo cotizo a la seguridad social??
De nuevo muchisimas gracias por tu ayuda, gracias a que existen foros como este y personas como tú, porque si no los trabajadores la mayoría de las veces no tienen a quien preguntar. Así que mil gracias a todos los que responden en estos foros.