quisiera saber con cuanto tiempo de anticipacion le tienen que avisar a un arrendatario que debe de desocupar el inmueble porque lo vendieron a otra persona.
En pricipioel arrendatario no tiene que abandonar la vivienda porque el arrendador haya vendido la misma, en este caso el nuevo adquiriente de la vivienda compra la misma con una carga, es decir, con un contrato de aquiler, que no debe modificar la situación del arrendatario.
Por lo tanto no tiene el arrendador derecho a solicitar el abandono de la vivienda al arrendatario.
Manteniendose el contrato vigente en todas sus claúsulas.
Hola corine. Los contratos de arrendamiento verbales tienen la misma validez legal y eficacia que los celebrados de forma escrita, si bien plantean el problema de probar lo pactado entre las partes.