Dictar a sabiendas de su injusticia una resolución arbitraria en un asunto administrativo. art.404 C. Penal.
Cuando la autoridad o funcionario público que en provecho propio o de un tercero solicita o recibe dádiva o presente o acepta ofrecimiento o promesa para realizar en el ejercicio de su cargo una acción u omisión constitutiva de delito se llama cohecho. (419 CP)
La puede cometer el Juez ignorante que dicta autos y resoluciones alejados de la realidad, pisoteando derechos fundamentales?
O el sr Fiscal que mira al cielo cuando se están vulnerando dichos derechos o cuando acusa por acusar, sin fundamentos o con fundamentos delirantes, para justificar que es un acusador y vive de acusar, y para él no existe nio la verguenza ni el pudor ?
Bueno, también los hay que prevarican consciente y maliciosamente.
No es que tenga nada en contra de los jueces y fuscales, pero......hay cada ejemplar suelto que miedo da salir a la calle.