estoy peleando estos días con mi Gerencia , para obtener un permiso por formación continuada al amparo del artículo 48 del TREBEP y me lo deniegan sistemáticamente porque dicen que ese artículo no abarca supuestos de formación.
Me consta sin embargo que un compañero dependiente de otra Gerencia , pero también funcionario interino de la misma administración, ha obtenido varios permisos invocando ese artículo y para la misma finalidad.
¿podríamos estar hablando de decisión arbitraria en los términos previstos en el delito de prevaricación administrativa?