Hola, el tema es el siguiente:
Acabo de comprar un piso con 50 años de antigüedad, no constando carga económica a favor de la comunidad.
El presidente de la comunidad me explica que hace 20 años se instaló el ascensor, negándose algunos vecinos a dicha instalación, acordando que dichos vecinos no pagaban la instalación pero no tenían derecho a usarlo.
Como digo no consta en mi escritura carga económica alguna y ahora me reclama 1800 euros para adquirir el derecho de uso de ascensor, a lo que me he negado ya que no justifica dicho pago.
Al parecer el resto de vecinos han ido abonando esas cantidad con el fin de colaborar en los gastos que se generaron en dicha época.
Es legal que me reclamen esa cantidad?? ¿Tengo derecho al uso del ascensor sin abonar cantidad alguna, excepto los gastos de mantenimiento y siguientes modificaciones? Gracias
Pues si quien le vendio a usted el piso no contribuyo a la instalacion del ascensor (verifiquelo) y si es asi entonces pueden cobrarle la parte correspondiente a ese propietario en la instalacion actualizada con el IPC desde el año de la instalacion hasta la fecha en la que usted decida participar. Mientras tanto debera contribur a los gastos de mantenimiento sin poder usarlo.
Por supuesto usted tiene derecho a que se le justifique esa cantidad pues deben conservar las facturas de los gastos de instalacion y hacerle las cuentas.
Si la cifra es 1800 € me parece que no se la estan actualizando asi que hasta puede ser un chollo.
articilo 11,2 de LPH
2. Cuando se adopten válidamente acuerdos para realizar innovaciones no exigibles a tenor del apartado anterior y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja.
Si el disidente desea, en cualquier tiempo, participar de las ventajas de la innovación, habrá de abonar su cuota en los gastos de realización y mantenimiento, debidamente actualizados mediante la aplicación del correspondiente interés legal.
Eso es lo que le piden?
porque si es asi repito que es un chollo cuando legalmente le pueden cobrar tambien el IPC de esos 20 años (desde emayo del 93 es un 79,7 segun el instituto nacional de estadististica) y se le pone en 3.234,6 €.
Vida util? la ley no dice nada de eso.
O paga o no usa el ascensor, es asi de simple.
Piense que tambien podrian cobrarle las averias o adaptaciones que se hubieran hecho en esos 20 años ademas de la parte de instalacion.
Eso si, por no usarlo no se librara de pagar el mantenimiento.
perdona por la insistencia,
Cual el el procedimiento o modo de prohibirme el uso del ascensor??
Yo no me niego a pagar los gastos de mantenimiento y reparación desde ahora, pero no creo que puedan exigirme esa cantidad sin justificante alguno, sin actas de reunión, sin facturas, es decir sin nada, solo por que otros vecinos si que lo han pagado.
Pudieran cometer ilicito penal de coacciones por la prohibición del uso del ascensor??
Creo que deben justificarle el gasto de la instalacion pero si usted revuelve ellos tambien lo haran y posiblemente se enteren de que pueden cobrarle el IPC. Y la ley estara de parte de la comunidad para hacerlo.
Entiendo su insistencia y obviamente la cantidad debe ser acreditada. Pero en ausencia de papeles los testimonios de los demas propietarios pueden ser validos.
No se como sera la instalacion de ese ascensor pero normalmente la prohibicion se hace efectiva mediante el uso de tarjetas o llaves.
Si se lo prohiben sin mas esta en usted respetarlo o no, pero tendra que ser consecuente con los problemas que ello le acarree en la comunidad.
Tal vez si el problema se agrava deberia ir a un abogado local especializado en estos temas.
es un primer piso, el propietario me explicó lo que había sucedido, no utilicé el ascensor en esa ocasión, en la mudanza se me prohibió hacer uso del mismo.
Luego cuando compro sabia que no podia usar el ascensor y el motivo.
Si el anterior propietario no pago la instalacion, la ley dara la razon a la comunidad y tendra que pagar lo que le piden (y puede que mas con el IPC y si suma las costas). Le repito que esa cantidad es muy razonable y que muy probablemente es la que se pago hace 20 años.
Los papeles han podido perderse pero si eso es lo que han pagado los demas deberia darlo por bueno. Como ya le he dicho es un chollo.