Buenas tardes. he firmado hace tiempo una escritura de capitulaciones matrimoniales con mi ex mujer que, entre otras cosas, dice que me comprometo a abonar al banco XXX el importe de todas las cantidades pendientes de pago y que se devenguen hasta la extinción total de la deuda del prestamo No 1234567, inclyendo capital, intereses y gastos. Debido a que dicho préstamo fue suscripto exclusivamente por mi ex mujer (estabamos en gananciales) no puedo pagarle directamente al banco y en la práctica le hago a ella transferencias mensuales por el importe que me informó verbalmente. Por supuesto que no tengo acceso a información del préstamo ya que está a nombre de ella. Mi duda es la siguiente: que pasa si mi ex mujer, sin informarme nada, ha cancelado con anticipación al vencimiento la totalidad del préstamo. ¿tengo que seguir pagandole las cantidades originales ó solo el importe de capital cancelado más los gastos de cancelación?. Muchas gracias