Usted solo tiene la obligación de pagar aquello que haya firmado con su puño y letra. No es posible reclamarle algo que no haya firmado consciente y deliberadamente, sabiendo las consecuencias de esa firma. El asunto electrónico no crea obligaciones.
Buenos días. Quería consultar un tema. Hace algo más de 5 años, me hice cargo de un prestamo de una empareja el cual no pagó. Cuando estábamos juntos pagamos un préstamo el cual se canceló en su día con una financiera. El utilizó las claves y firma digital para pedir un préstamo a nombre de los dos del cual yo me enteré cuando el dejo de pagar. Lo consulté en su momento con abogados y me dijeron que eso no había forma de ganarlo. Que debería haber cancelado todas las claves y demás, cosa que no hice . Aún así hoy me queda la duda de si a día de hoy se podría hacer algo.
Gracias