Hola Tribuno; el préstamo privado sin intereses está exento del I.A.J.D., por lo que te aconsejo que lo realices privadamente, preparas el modelo de actos jurídicos (exentos), y lo presentas en la oficina liquidadora.
De este modo, tienes un contrato privado con los sellos de la oficina liquidadora donde consta la fecha del préstamo.
Si te hiciera falta algún modelo, yo tengo varios, te lo puedo hacer llegar.
Tengo que formalizar un contrato de préstamo entre particulares sin intereses.
Agradecería me informaran la cuantía del papel-timbre del Estado que tengo que utilizar para su confección y posterior presentación a la Generalitat de Catalunya asi como el modelo de actos jurídicos (exentos)
Mi correo es claco@arrakis.es
Gracias