Estimados señores de antemano les agradezco su ayuda.
Mi madre por su voluntad es sedada para que muera tranquila y dignamente sin sufrir consciente su agonía y no tiene conocimiento de lo que sucede después. El mismo día que muere mi padre sablea a la hermana de mi madre, mi tía. Mi madre muere a las 3 según el certificado de defunción y mi tía le envía esa misma mañana por transferencia de un banco a otro diferente unos 50.000 €.
Mi pregunta y la de mi tía es: esta cantidad en concepto de préstamo recae sobre mi padre que recibió el dinero en su cuenta un día después o es la sociedad de gananciales de mi padre y mi madre y por lo tanto pasamos a ser deudores mi padre, mi hermano y yo?
Mi padre y mi hermano se han desentendido pero mi intención es hacer frente legalmente y por escrito a la deuda si tengo que hacerlo. Y si no tengo que hacerlo y mi tía necesita algo también pero para que me dejen de tocar las narices mi padre y hermano quiero saber si son unos jetas y se escaquean.
Si estaban casados en régimen de gananciales lo obtenido por cualquiera de los cónyuges (en este caso 50.000 €) pertenece a la sociedad conyugal, pero también dicha sociedad es quién tiene la obligación de devolver el préstamo.
No obstante y dado que la esposa ha fallecido, habrá que ver si existen disposiciones testamentarias y el contenido de las mismas, en su caso, para que, después, o en el momento de la correspondiente aceptación de herencia se proceda a la disolución de la sociedad conyugal dividiendo los bienes y las deudas según corresponda.
Y si, son unos jetas.
Gracias, es que dicen que claro hay que ver si la deuda es de horas antes del día de la muerte o del día después que ya estaba muerta.
Dios da a algunos problemas, a otros familia.
@leirali5. Te sugiero que la próxima vez omitas ciertos detalles que no vienen al caso y pueden ser fácilmente malinterpretados: "Mi madre por su voluntad..."
no hay nada que malinterpretar, y tampoco es superfluo, aunque no es suficientemente clarificador en cuanto a su relación con el acto que has calificado de "sableo"
eso lo he entendido, y por ello he dicho que no es "suficientemente" clarificador, pero que no es superfluo
y no es suficientemente clarificador porque nada dice del grado de conocimiento de tu tía acerca del estado de tu madre, ni del motivo del préstamo
si lo hubieses indicado, y no te estoy pidiendo que lo indiques, podríamos tener una visión algo más clara del problema, aunque sería igualmente parcial porque se limitaría a tu versión
respecto a lo principal de tu consulta, estoy de acuerdo con Tripoli, pero es discutible, y el grado en que es discutible dependerá precisamente del estado de tu madre y del conocimiento que de ello tenía tu tía, porque, por encima de que tu madre no viviese lo suficiente como para poder disponer de ese dinero, de ello junto con el motivo del préstamo, del destino final del dinero, resultará que el préstamo se lo hace tu tía a la sociedad de gananciales o se lo hace a tu padre
Lo que importa es la fecha y hora en que se hizo la transferencia y si esta se hizo a una cuenta indistinta del matrimonio. Tambien, si en la transferencia se indicó el concepto.
Muchas gracias a todos por sus aportaciones. No he tenido acceso a internet en estos días y por eso no he contestado.
Mi madre ya llevaba dias totalmente sedada y desconectada cuando mi padre pidió el préstamo a mi tía, es mas murió ese mismo día. Los motivos que adujo fueron un posible embargo. La transferencia se hizo ese día mas o menos a la misma hora de la muerte, creo que una hora antes ya que en el certificado de defunción consta que murió a las 3 y como los bancos cierran a las 2 osea que fue /-una hora antes. La transferencia llego después de la muerte y no se indicó ningún concepto.
Desde luego, qué fuerte lo de tu padre y tu hermano, ... ¡a lo que es capaz de llegar la gente por dinero!, qué falta de decoro y respeto a tu madre y demás familia, ... sácales de tu vida en cuanto te sea posible, gente tan baja no vale la pena, y es peligrosa, además, ... ánimo y suerte
Por cierto: Aunque sea muy loable el hecho de querer ayudar y devolver a tu tía lo que sea, no olvides dos cosas: que es tu padre, y no tú, quien debe dárselo y, por otro lado, el hecho de que tu madre decidiera su desenlace "por su voluntad", como tú dices, vuelve a colocar a tu padre en muy mala posición, yo diría que, directamente, en la mala fe y, por tanto, desde el punto de vista legal ahí tienes una buena base para la defensa, llegado el caso porque, luego, el asunto de las fechas, que es muy importante, sin embargo solo sirve para referir hechos, y los verdaderos hechos importantes son estas otras dos cosas que yo te digo: la voluntad de tu madre, y el abuso por parte de tu padre de la legítima voluntad de tu madre. No te des por vencido, defiende la voluntad de tu madre: es lo único, ya, que puedes hacer por ella, aunque solo sea por ella, por su memoria, ya no por ti ni por tu tía, ...