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prestación y embarazo

3 Comentarios
 
perfil Mit
26/05/2006 18:23
Tany, efectivamente tienes que pedirla en el momento en que comiences el descanso maternal, no al agotamiento de la prestación. Como dice A.M. pasarías a cobrar el 100% de tu base reguladora. En cuanto des a luz, pide en el hospital el INFORME MATERNAL y junto con tu D.N.I., el libro de familia y tu tarjeta de demandante de empleo, preséntalo en la oficina del INEM. Ojo: no tienes porqué esperar a dar a luz. Con tal de que respetes las 6 semanas obligatorias después del parto, el resto del descanso lo puedes distribuir a tu gusto, antes o después. La demanda te la suspenderán durante esas 16 semanas para estar exenta de presentación a cursos, ofertas, etc.
Te recomiendo que lo presentes en el plazo de quince días desde el parto, ya que desde el INEM tenemos que pedir el informe favorable al INSS y ésto suele demorar algo el cobro.
Un saludo.
24/05/2006 03:56
Recalco lo de que tienes que solicitarla en el momento de tener al bebé, y NO cuando se te acabe el paro.
24/05/2006 03:48
Hola, la prestación por maternidad la tendrías que solicitar cuando tengas al bebé. Llevando el parte de maternidad a la oficina del paro, y cobrarías el 100 por cien de la base reguladora hasta el AGOTAMIENTO de las 16 semanas.
Prestación y embarazo
23/05/2006 18:28
Estoy embarazada de 2 meses y cobro actualmente prestación por desempleo. Me quedan 8 meses por cobrar y quería saber si al finalizar puedo solicitar maternidad y cómo tengo que hacerlo. Gracias