Buenas tardes, muchas gracias por la respuesta. Después del acuerdo evidentemente no hubo reposición en el puesto. La situación es que sigue percibiendo la baja a través del inss. Resulta que de nuevo el inss ha dicho que no tiene derecho a baja por maternidad y un asesor nos ha dicho lo mismo. En anteriores consultas antes de dar a luz, incluso el inss no nos dijo que no, y hasta el médico nos dijo que luego se cambiaba de una baja a otra y al finalizar podía seguir con la baja que tenía anterior al parto. Parece ser que no tiene derecho. A ver si alguien me termina de confirmar
Buenas, les deseo que el acuerdo haya sido satisfactorio al 100%, porque de un despido nulo sólo cabe la readmisión y el abono de salarios dejados de percibir desde el mismo. Respecto a la maternidad, le corresponde el inicio de la maternidad, por el tiempo establecido 16 semanas (4 meses) y si perdura la circunstancia de salud, que inició la I.T., al término de la maternidad, tiene derecho a seguir cobrando la misma (IT). A efectos económicos, por contingencia profesional, se cobra el 75%, salvo que haya mejora pactada en convenio colectivo, con lo que hasta el 100% que se cobra por la maternidad, agilicen el tema en la seguridad social, porque hay una diferencia importante.
Buenas a todos. Ya por fin se solucionó el problema que tuvo mi mujer con despido nulo estando embarazada, llegó a un acuerdo antes de juicio. Su médico todavía no le ha dado el alta por contingencia profesional y este fin de semana ha dado a luz. Ahora, la cuestión es, se puede convertir esa baja a baja por maternidad?, nos dijeron que sí pero tras una llamada al inss esta mañana, no nos ha quedado tan claro. En caso afirmativo, cómo habría que proceser. Ella sigue cobrando baja del inss
tras el despido. Gracias