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Prestación por desempleo

5 Comentarios
 
05/10/2012 03:42
Matizando lo de la salida al extranjero mientras se cobra el paro:

- se puede salir hasta 15 días al año simplemente solicitando la autorización.

- se puede pedir la suspensión del pago de la prestación si se va a viajar al extranjero para buscar trabajo, formación o acciones de cooperación internacional. Si se está menos de un año y se justifica el viaje, al regresar se puede pedir la reactivación de la prestación.

- en paises de la UE se puede solicitar la exportación de la prestación (cobrarlo alli mientras se busca trabajo) hasta tres meses prorrogables otros tres más.
03/10/2012 22:35
A/A: patatinpatatero
el piso figura en alquiler y declarado en renta desde el año 2002 hasta el dia de hoy y con respecto a la documentacion ellos nos piden renta nominas etc.. y ellos se encargar de recoger esos datos para la solicitud. GRACIAS
03/10/2012 21:21
¿En la hoja declarativa de rentas de la solicitud (como bien explica la carpeta informativa que hay que leer antes de rellenarla) no pusiste los rendimientos inmobiliarios (como señala dicha carpeta informativa)? El funcionario puede ver en el IRPF un bien alquilado, pero ese IRPF es del ejercicio anterior y ese bien puede que en la fecha de solicitud no esté alquilado. El funcionario se ciñe a lo que uno declara en la solicitud.
Saludos.
03/10/2012 18:49
tengo un piso en alquiler el cual estoy declarando en renta desde el primer día, bien

mi mujer solicito la ayuda y se la concedieron nos pidieron toda la documentación y hemos estado cobrado la ayuda durante un año al renovar la siguiente nos dicen que no la conceden y adema tenemos que devolver el dinero de hecho lo estoy devolviendo fraccionado desde primeros de año nos dice el funcionario que nos arreglo los papeles que figura unos ingresos de un alquiler y que por eso nos pasamos del limite y le decimos que eso esta en la renta , respuesta del funcionario que lo siente pero que como casi nadie lo tiene no miro la renta donde figura ese dato, me gustaría saber si se podría denunciar o hacer algo al respecto, ya que el error es de ellos por no mirar bien los papel.

GRACIAS
03/10/2012 13:12
Respondiendote a la segunda pregunta, te puedo informar que si sales al extranjero por un plazo superior a 1 mes perderias toda la prestacion y tendrias que devolver el importe integro que hallas recibido en los meses anteriores.
Prestación por desempleo
03/10/2012 10:46
Hola a todos y todas!
Tengo dos dudas y a ver si me las podeis aclarar. Muchas gracias de antemano.

Soy una trabajadora por cuenta ajena de una empresa que el 01/03/2011 realizó un ERE a 3 de sus 4 trabajadores. El ERE consta de la reducción de la jornada laboral en un 48,72% por un período de 1 año a estos 3 trabajadores, yo entre ellos. La empresa nos paga el 100% de la seguridad social pero sólo la media jornada. Para el resto se solicitó la prestación contributiva que fue concedida.

Consumido ya este año se solicitó una complementaria de ese ERE por 6 meses que nos fue concedida hasta el 31/08/2012. A mí se me agotaron los días de prestación que tenía hasta el momento que entramos en el ERE el 01/03/2011.

Ahora se volvió a solicitar otra nueva complementaria por otros 6 meses. Una de mis preguntas es: Agotada ya la prestación que tenía hasta el momento que entramos por primera vez en el ERE, ahora con esta segunda complementaria ¿me correspondería cobrar la prestación generada desde el 01/03/2011 al 31/08/2012?

Ahora mi jefe quiere ponerme en contrato a media jornada y así también cotizar por media jornada. Yo a final de este año dejo el trabajo porque me marcho a trabajar al extranjero. Mi segunda pregunta es la siguiente: Si tengo derecho a cobrar la prestación mencionada en la anterior pregunta, ¿la podría cobrar estando en el extranjero o la perdería? ¿la podría cobrar toda de golpe?

Espero que mis dudas no sean muy complicadas.
Un saludo,