Hay administrador unico, es uno de los socios que no tiene parentesco en 2º grado con la despedida.
Es una sl con cinco socios a partes iguales, familiares en distintos grados. Ninguno de los socios convive.
La facturacion se ha reducido al 35%., respecto 2008.
La sociedad debe ampliar capital este año. Queda otra administrativa en reg general. Y uno de los socios (reta) que tambien ejerce funciones administrativas.Los otros tres socios uno esta jubilado uno ejerce de operario otro de comercial. Hay dos operarios en regimen general. Los cuatro socios que cotizan autonomos varios meses sin cobrar.
El marido no ejerce funciones de direccion.El regimen matrimonial es ganaciales.
Este es el típico caso sospechoso de fraude, y no lo digo ya como opinión, sino lo que suele ocurrir en la realidad. A SPEE e ITSS es bastante posible que los tengas encima. No explica mucho...por no decir no dices ni el tipo de sociedad que es??.
1) Como se reparte el resto del capital social (80%)?? Entre cuanto socios (cada uno que porcentaje tiene) y que vínculos existen entre los socios.
2) El socio que tiene el 20% del capital social (marido de la "presunta despedida") ejerce funciones de dirección y gerencia. Vamos, si es una SL pequeña...los administradores son solidarios??
3) Que régimen económico-matrimonial tienen??. La sociedad está en régimen de gananciales??
4) Tiene la sociedad más administrativos o es la única?? Si es la única quien va a pasar a desarrollar sus funciones que es entienden en principio necesarias. Como argumentará la empresa, de ser la despedida la única administrativa, que 18 años después las funciones de administrativa no son necesarias??
No olvides que aunque tengas un 20% y no estés incluido en ninguno de los supuestos de la DA 27ª LGSS…la Administración puede probar por cualquier medio que posees el control efectivo de la sociedad…
Y siendo esposa de un socio le permitieron el encuadramiento en el Regimen General?si es ai entiendo que si tendria derecho a la prestacion , otra cosa es que el Inem sospeche que hay fraude( que espero que lo empiecen a mirar de una vez pq yo se de mas de un caso que cantaba, y nada, se lo concedieron pero bueno.....) que no se si es el caso.
Debe entenderse pues, que no tiene derecho a la prestacion?
por otro lado al tratarse de una administrativa, que obligatoriamente debía cotizar en el r.G.S.S. Con 18 años cotizando por desempleo. 49 años y dos hijos. Un horizonte laboral idilico, cual séría la eleccion laboral correcta? me temo que tampoco va a poder cobrar la pension en "un paraiso fiscal".
Si, y de paso que solicite que le ingresen la prestacion en un paraiso fiscal.
De verdad, ¿por qué todo el mundo mira hacia otro lado ante tantos fraudes? Se nos llena la boca cuando criticamos a Urdangarín o Roca, y no nos miramos a nosotros mismos.
Conclusión: Puede pedir la prestación, pero ¿no es sospechoso que sea la mujer de uno de los socios?
En una sociedad, la esposa de uno de los socios (este tiene un 20% del capital social), es despedida por causas economicas objetivas (descenso drastico de la facturacion).Dicha trabajadora tiene una antiguedad en la empresa en regimen general de 18 años.Tiene derecho a recibir la prestacion por desempleo?.Saludos.