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Prestacion por desempleo

1 Comentarios
 
23/07/2007 14:03
Hola:
Nuestra legislación no contempla el 100 % del salario como prestación por desempleo. Lo que sí está establecido es el 70 % de la base reguladora, durante los 6 primeros meses y el 60% el resto del derecho reconocido. Todo ello con unos límites, en función de tener uno, dos o ningún hijo a cargo.

La base reguladora se calcula con las cotizaciones por desempleo de los 180 días anteriores a la situación legal de desempleo.

En algunos casos de prestación por desempleo por Expedientes de Regulación de Empleo se ha negociado por los representantes legales o los sindicatos prestaciones complemetarias por parte de la empresa. Ahora bien como derecho por prestación por desempleo no está recogido en la legislación.

Saludos.

Prestacion por desempleo
23/07/2007 13:26
Cuando se tiene derecho al 100% de salario como prestacion por desempleo?
Gracias