Pregunte esto en la pagina del SEPE, pero la verdad no tengo muchas esperanzas de que me contesten, alguien aquí sabría decirme al respecto:
Hola,
Quería hacer una consulta,
Resulta que hoy mi mujer fue a coger el paro al sepe y le dijeron que tenía que elegir entre el viejo (100 días) o el nuevo (4 meses) y que si cogía el viejo perdía el nuevo.
Ella creo que cumplía las condiciones para poder coger el paro viejo y guardar el nuevo:
-es fija discontinua de 7 meses, empezó el 8/4/22 y acabo en 13/11/22.
-tampoco paso más de un año de trabajo desde que cobró la prestación por última vez, porque del 10-1-2022 al 30-3-2022 cobro la “prestación extraordinaria para trabajadores fijos discontinuos”.
Entonces mi pregunta, a ver si pueden ayudarme es:
1-¿Porqué le han dicho que si elegía el viejo perdía el nuevo? si los fijos discontinuos que no han trabajado más de un año seguido y no han tardado más de un año seguido en coger la prestación tienen derecho a ello manteniéndose el nuevo para el futuro.
O ¿es que ha cambiado esto?? En la web del sepe creo que lo pone así: https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/derecho-opcion.html.
2- ¿O es que no es lo mismo la prestación por desempleo (el paro) que la “Prestación extraordinaria para personas con contrato fijo discontinuo o que realicen trabajos fijos y periódicos que se repitan en fechas ciertas”? en la vida laboral sale con el mismo código que cuando cogía la otra prestación.
3- ¿en caso de error puedo reclamar rectificación por algún lado?
Si no podéis contestarme ¿dónde puedo consultarlo? y ¿en caso de error puedo reclamarlo?
Saludos y espero puedan ayudarme o aclararme algo pues estoy confuso.
Buenas noches, por lo que explica no se dan las condiciones para ejercer el derecho de opción, porque, como ha dicho, no se ha cotizado 360 días de forma ininterrumpida. Lo que sí puede haber sucedido, es que empezara a cobrar la prestación extraordinaria por no tener derecho a la prestacion ordinaria, haber cotizado 360 dias, y luego al haber trabajado esos 7 meses, se ha generado un derecho a prestacion de desempleo contributiva, y tiene que escoger entre ambas, porque digamos la prestación extraodinaria, como su propio nombre sugiere se otorga por una situación concreta, quizá había estado en Erte, y no generó prestacion contributiva y ahora si la genera, por ese periodo trabajado.