Creo que es esto lo que buscas, a ver si te puede ayudar.
Prestación No Contributiva (PNC) y Actividad laboral remunerada.
En Junio de 2008 se aprueba la Ley 8/2005 de 6 de junio, para compatibilizar las Pensiones de invalidez No Contributivas con el trabajo remunerado. En esta Ley se establece que las personas que vienen percibiendo una prestación de invalidez no contributiva pueden compatibilizarla con los ingresos del trabajo, durante los cuatro años siguientes al inicio de la actividad laboral, siempre y cuando la suma de los ingresos de la PNC y los ingresos derivados de su trabajo, no superen en cómputo anual el importe del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
En caso de que exceda se reducirá de la cuantía de la PNC el 50% de la cantidad en que se sobrepasa dicha cuantía. La suma de la PNC y de los ingresos por la actividad laboral no podrá superar 1,5 veces el IPREM como máximo.
Seguro que soy yo que no me explico bien, pero la verdad es que no se mucho de este tema.
A lo que yo me refiero es a la prestación no contributiva por discapacidad creo que de la seguridad social.Es una prestación que se da si no has cotizado lo suficiente o tienes una discapacidad mayor del 65%.
He leido en algun sitio que puede ser compatible con un trabajo pero no se sus condiciones.
1. La prestación o el subsidio por desempleo serán incompatibles con el trabajo por cuenta propia, aunque su realización no implique la inclusión obligatoria en alguno de los regímenes de la seguridad social, o con el trabajo por cuenta ajena, excepto cuando éste se realice a tiempo parcial, en cuyo caso se deducirá del importe de la prestación o subsidio la parte proporcional al tiempo trabajado.
Sino es esto lo buscas, no lo entiendo.
Pero no me refiero a la prestación por desempleo sino a la prestación no contributiva y trabajar, estar en activo. Si existe compatibilidad de las dos cosas o no.