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prestacion maternidad y certificado empresa

6 Comentarios
 
Prestacion maternidad y certificado empresa
08/09/2005 08:47
he reclamado en varias ocasiones a mi empresa el Certificado de Empresa para poder solicitar la prestación por maternidad y al día de hoy no lo he conseguido. Se niegan a darmelo alegando que no tienen claro su cumplimentación, en realidad, es porque quieren "marearme".
Estoy cansada ya de reclamarselo cortesmente y me gustaria saber como proceder pues debe de estar obligada a darmelo dentro de un plazo prudencial, ¿no?
¿Como puedo proceder?
Gracias por vuestra ayuda
.
08/09/2005 08:53
Redacta un escrito con acuse de recibo al Director de Personal de la empresa exponiendo esta circunstancia y dejando al final la coletilla de que en caso de que nos e tome ningún tipo de medida para la obtención de dicho documento te verás obligada a tomar las medidas legales oportunas.
08/09/2005 15:23
Como es un documento que no te pueden negar ni mercadear con él, haz caso del consejo de Jaus.
08/09/2005 15:38
gracias.
hasta que uno no vive ciertas situaciones parece que no pueden sucederte en la vida.
Sirva para mí de desahogo y para el resto de historia real vivida.
Esta mañana he ido a recoger el Certificado cual ha sido mi sorpresa que mi todavía jefe me dice que permita reflejar en el mismo la base de cotización del mes de Agosto puesto que la de Julio es muy alta y para la empresa supone un coste excesivo que yo sea madre!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
Como no he cedido, todavía no lo tengo y ya me ha amenzado con que lo tengo todo perdido que cuando vuelva del permiso me va A PUTEAR!!!! que lo voy a perder todo.
¡¡ que situaciones más lamentables que la persona con dinero piense que puede gobernar las voluntades del projimo porque la necesidad de un trabajo nos obliga a aguantar!!
Ojala mi experiencia personal sea algo aislado.
Gracias por estar al otro lado.
08/09/2005 16:48
Josefina, la empresa no puede elegir el mes respecto al que considerar la base de cotizacion a efectos de cálculo de prestaciones.

En el caso de la prestación de maternidad se considera la base del mes anterior a la baja. Es decir, si el inicio del periodo de descanso ha sido en septiembre, debe considerarse la base de cotizacion por contingencias comunes de agosto.
Si fue en agosto, entonces sí que se consideraria la de julio.

Si es muy alta, mejor para tí, ya que cobras el 100% de la misma. Por cierto, te la paga directamente y a su cargo la S.S.. El único coste que va a suponer a la empresa es la cotización a cargo de la empresa (que, claro, si es más alta la base, les tocara pagar algo más).

No sé si será el caso, pero si, como mejora por convenio, por ej., la empresa te complementase hasta el 100% del salario mensual y estuvieras or encima de topes, contra mas sea la base de cálculo y, por tanto, la prestación, mejor para ellos, ya que menos seria el importe a complementar.

De todas formas, como digo, no se trata de coger la base del mes que interese, sino la del mes que corresponda.

Eso si, cuando justo antes del inicio de una situación que genera el pago de una prestacion a cargo de la S.S. (IT, maternidad, etc) precisamente la base del mes que se toma como referecia es sensiblemente mayor que la de otros meses, la Inspección se suele mosquear y hacer verificaciones.
Y es que en muchos casos se trata de que no se ha prorrateado correctamente conceptos de devengo superior al mes o irregular. Esto a veces se hace por simple incompetencia o desconocimiento o a veces con intencionalidad, fraudulenta, a fin de forzar el importe de las prestaciones.
Y es que es cierto que, aunque puede ocurrir, y que sea correcto, si cada concepto cotiza bien, no deberia ser muy normal que exitan grandes diferencias en las bases de cada mes (aunque, insisto, según las circunstancias, pues ser correcto)

Así que no se dejen de monsergas y te den los datos y documentacion que precisas, y de paso, que te expliquen (salvo que tu ya sepas el porqué) a que se deben esas diferencias de cotizacion de un mes a otro.
08/09/2005 17:44
La intención de mi empresa era despedirme de un modo "economico" y decidieron que mi salario cotizase en su totalidad para aumentar la prestación por desempleo y forzarme a aceptar un importe menor al real.
¿Si existe una inspección que consecuencias puede tener para mí, si yo soy una simple empleada que no tengo ningún tipo de poder de decisión en la empresa?
08/09/2005 18:14
Jo!, es que entonces está clara la manipulacion y fraude de la empresa (tambien es cierto que consentido por tí, aunque ya sé que al respecto pueden hacerse muchas consideraciones).

Como decia, en estos casos en los que "¡que casualidad!", justo el mes que se toma como referencia para calcular las prestaciones hay un aumento brusco en la base de cotizacion, la Inspeccion suele sospechar que hay gato encerrado.

De todas formas, si asi fuera, respecto a las posibles consecuencias para ti, entiendo que si realmente se trataba de una parte del salario que estaba camuflado (bien en negro, bien incluido en nómina pero dándole, falsamente el caracter de un concepto exento de cotizar), instarian a la empresa a que, via declaracion complementaria, regularizase las diferencias de cotizacion de los meses anteriores. Si precisamente el mes anterior a tu baja cotizaba todo y correctamente, no tendria porque afectar a tu prestacion.

Otra cosa seria que por ej. te abonasen de repente un nuevo concepto que antes no existia o qie deberia cotizar de forma prorrateada pr ser de devengo irregular o superior al mes. Entonces si podrian reclacular la base reguladora y bajarte la prestacion.

Como digo, todo esto podria ocurrir si realmente hay una diferencia bastante grande respecto a las bases anteriores y que la S.S. repare en ello (que tampoco es nada automatico).