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prestacion e indemnización con reduccion de jornada por guarda legal

2 Comentarios
 
Prestacion e indemnización con reduccion de jornada por guarda legal
16/07/2012 14:43
Hola Buenos días
Necesito que alguien me eche un cable sobre la duda que tengo. He estado viendo otras consultas del foro pero entre unas y otras opiniones creo que me he liado aún mas.
Os cuento: tengo una reduccion de jornada (trabajo 6 horas) desde que nació mi segundo hijo. Cuando nació el tercero me impusieron que las 6 horas se convirtiesen en 5 horas, no me kedó mas remedio que aceptar y esta es mi situación actual: trabajadora con reducción de jornada por guarda legal con tres hijos de 6, 4 y 1 año con contrato fijo desde hace 8 años.
He oido en mi empresa que van a hacer algunos recortes y que entre dichos recortes estoy yo.... mi pregunta.... ¿para poder despedirme tendrían que hacerlo por causas objetivas, no, porque si me despidiesen con los 45 días podría reclamar y que me declarasen el despido nulo, es así?
Y mi indemnización, sería sobre las 5 horas que trabajo ahora o sobre las 8 que echaba en un principio?
Y mi prestación de desempleo...?
Gracias por anticipado. Un saludo
17/07/2012 13:38
Entiendo que solicitó una reducción de jornada al amparo del art. 37.5 ET (para cuidado de menore de 8 años). De todas formas revise la comunicación escrita que remitió a la empresa solicitándola y compruebe en la seguridad social que la empresa comunicó esta circunstancias a la TGSS y que la cotización se está haciendo bien (eso es, teniendo en cuenta la reducción de jornada al amparo del art. 37.5 ET).

Si lo anterior es todo OK, las respuestas a sus preguntas son:
1) El salario a tener el cuenta para la indemnización por despido el que le hubiera correspondido si no se hubiera reducido la jornada, siempre que no hubiera transcurrido el plazo máximo legal para dicha reducción. En sucaso no transcurrió, según los datos que expone.

2) Las bases de cotización para calcular la prestación por desempleo se toman incrementadas hasta el 100% de lo que le hubieran correspondido si no solicitara la reducción para cuidado de hijo y trabajaras a tiempo completo.

De todas formas yo miraría lo que le expuse en el primer párrafo pues no acaba de quedarme clara cual es su situación. Entiendo que usted solicitó una reducción de jornada legal (del art. 37.5 ET) cuando nació su segundo hijo...pero luego dice que cuando nació su tercer hijo "la empresa le impuso que las 6 horas se convirtieran en 5"...no se si con esto queire decir que negoció con la empresa la reducción de jornada por guarda legal (comunicando la a seguridad social el cambio, y espero que usted lo tenga por escrito) o bien que la empresa hizo una modificación sustancial de condiciones de trabajo al amparo del art. 41 ET reduciendo una hora su jornada ya reducida...En este caso, a mi juicio cambia la cosa...de todas formas si este es su caso, espere por si alguien más aporta algún otro dato.

18/07/2012 09:55
gracias ainoa1 por tu información.
Te cuento, cuando nació mi segundo hijo pedí la reducción de jornada a 6 horas, solicitandolo por escrito a la empresa y comunicandolo a la TGSS, es mas, si entro en la página de la seguridad social se me informa que estoy dentro del colectivo 016.
Cuando nació mi tercer hijo, no hice comunicación a la empresa por escrito porque fueron ellos quienes me "aconsejaron" que en lugar de echar 6 horas, pasaría a echar 5. De todas maneras tambien se comunicó esta reducción a la TGSS apareciendo dentro del mismo colectivo 016.
Espero habertelo aclarado un poco mas.