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Prestación Desempleo

3 Comentarios
 
Prestación desempleo
02/05/2006 17:19
Tengo un amigo que trabajó a través de una ETT hasta diciembre, en que le avisaron de que finalizaba su contrato.

En ese momento, en diciembre, no solicitó la prestación por desempleo porque un "colega" le ofreció trabajo en una empresa que acababa de crear. Al principio, le comentó que, como estaba empezando y tenía muchos gastos, que tardaría un poco en poder contratarle legalmente. A mí me sonó todo un poco raro, pero como era un "colega"... El caso es que mi amigo empezó a trabajar para él (sin contrato).

El caso es que aun no le ha dado de alta y se rumorea que el negocio va de mal en peor. Vamos, que al final creo que van a cerrar.

No quiere meterse en líos con su actual jefe (lo de "colega" vamos a dejarlo) pero sí que querría pedir la prestación por desempleo para estar un poco cubierto hasta encontrar otro trabajo.

¿Cuántos días debería trabajar para poder cobrar la prestación? ¿Con uno le valdría?

Ya tenía cotizado un periodo suficiente cuando acabo su relación con la ETT en diciembre, pero ahora estaría fuera de plazo para solicitarlo ¿no?

Se le ha ocurrido pedir a la ETT un trabajo de al menos un día, para poder pedir el paro hasta encontrar un nuevo empleo.

Agradecería vuestra ayuda.

02/05/2006 18:21
La Ley solo exige quedar en "situación de desempleo", no habla de días, excepto para considerarlo tras una baja voluntaria anterior (que exige 90 días de prestación), que exige un plazo determinado mínimo.

Por lo demás, la de siempre, que no se puede ser bueno...

Que te vaya bien.
02/05/2006 18:46
Gracias GS Granada por tu rápida respuesta. De los errores tambíen se aprende. Es el único consuelo que queda en estos casos.

Entiendo entonces que con que la ETT le encuentre de momento un trabajo aunque solo sea de un día, podrá solicitar la prestación.

Y si en el INEM le preguntan porque no pidió la prestación antes? ¿Qué podría decir? No quiere involucrar a su actual jefe de ningún modo, por muy "joya" que sea.

Gracias de nuevo.
02/05/2006 20:09
No tiene que dar ninguna clase de explicaciones: hasta ahí podíamos llegar, que se solicite una prestación y haya que justificar, la misma. Solicita y ya está, a esperar la resolución del Derecho pretendido.

Si existe la prestación del desempleo es para mitigar (que no para enriquecerse con la cuantía que dan) temporalmente la pérdida del trabajo sin causa imputable al trabajador. Si dieran o garantizaran el trabajo, no haría falta el desempleo.

Que te vaya bien.