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Prestación desempleo pendiente

6 Comentarios
 
Prestación desempleo pendiente
23/06/2014 20:14
Hola,
hace un par de meses comencé a trabajar y estaré entre 4 y 6 meses (aún no me lo han confirmado). Me queda pendiente 1 mes de paro de trabajos anteriores. La pregunta es, una vez finalizado este contrato qué paro es al que podré optar? El mes que tenía pendiente y lo generado estos meses lo pierdo o lo generado estos meses se guarda para un futuro?
Gracias
23/06/2014 22:58
Si es menos de 6 meses no has generado paro nuevo con lo cual te quedaría el mes de antes y los meses trabajados se quedarían acumulados para futuras prestaciones. Lo que no tengo claro es que si son 6 meses tengas derecho a 2 meses de o tienes q trabajar un año completo.en el caso de que por los 6 meses tuvieras derecho a desempleo tendrías que elegir entre reanudar tu prestación antigua o disfrutar la actual y la que no disfrutes evidentemente la pierdes. Espero haberte ayudado un poco desde mi experiencia
24/06/2014 14:33
Hola, es que un compañero me ha dicho que si cotizo menos de 6 meses como tengo ese mes pendiente, no acumulo nada y no se guarda para el futuro y solo tengo ese mes. Para generar y que se guarde ha de ser al menos un mes ¿Es eso así?
Gracias
24/06/2014 19:21
No es así. Si trabajara un año (360 días, exactamente) generaría una nueva prestación y tendría que elegir entre ésta y el mes que le queda, perdiendo lo que no elija.
Al trabajar menos de 360 días no se genera una nueva prestación, pero las cotizaciones se guardan para sumarlas a las que vayan generándose con empleos posteriores.
Que alguien me corrija si me equivoco.
26/06/2014 08:35
Entonces aunque trabaje menos de 6 meses lo que genere se me guardará para un futuro y podré gastar el mes que me queda de paro, no? Y luego si consigo sumar a lo guardado hasta un año tendré otra prestación?
Gracias por las respuestas
27/06/2014 19:49
así es sonman.
cuando se interrumpe una prestación por colocación, y ese contrato tiene una duración inferior a 360 días, (o contratos de duración inferior que sumados arrojen 360 o más días, siempre y cuando entre contrato y contrato no se haya solicitado la reanudacuión del paro inicialmente interrumpido) siempre se reanuda la prestación interrumpida(excepción de los trabajadores fijos discontínuos - que por lo que explicas no es tu caso), y las cotizaciones generadas se van guardando para una futura prestación, cuando finalices un contrato y ya no te quede paro "viejo" por reanudar, se computarán las cotizaciones "guardadas" para ver si tienes derecho a una nueva prestación.
27/06/2014 19:57
Hola evolll, entonces estos 4 meses se suman a otros 4 meses que trabaje anteriormente? Cobré la prestación entre los dos contratos.
Un saludo y gracias