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prestacion de incapacidad temporal

1 Comentarios
 
17/09/2004 10:22
La I.T. la paga la Seguridad Social o la Mútua Patronal según quién tenga la cobertura de la misma.

Salvo que el C. Colectivo diga otra cosa se cobra del 4º al 20º días incluidos el 60% de la Base de cotización del trabajador por contigencias comunes del mes anterior a la baja y el 75% a partir del día 21º. Con un máximo de 12 meses que pueden prorrogarse otros 6 más.

Pero hay una salvedad, indistintamente que el trabajador cobre las cantidades explicadas anteriormente, la Seguridad Social o la Mútua Patronal pagan a partir del día 16 de la baja. Es decir, que las cantidades que corresponde abonar al trabajador hasta el día 15 corren por cuenta del empresario.

Lo de la minusvalía no tiene nada que ver con la I.T.

Saludos.
Prestacion de incapacidad temporal
16/09/2004 19:49
la prestacion de incapacidad temporal por enfermedad comun quien la paga,la empresa o la seguridad social,tengo un 33% de minusvalia