Cese en la empresa durante el período de prueba a instancias del empresario:
-En el certificado de empresa figura que el cese tubo lugar durante el período de prueba a instancia del empresario en fecha 05 de abril de 2010.
-En la seguridad social figura "baja voluntaria" en fecha 06 de abril de 2010.
Mi pregunta es, si el hecho de que figure baja voluntaria en la vida laboral, puede afectar a la solicitud de la prestación de desempleo a la que pueda tener derecho, teniendo en cuenta que el cese en la empresa se produjo durante el período de pruebal. Y si es posible que durante el período de prueba se pueda poner baja voluntaria.
En el inem le dicen que, la fecha del cese que figura en el certificado de empresa y la fecha de baja en la seguridad social no coinciden y que vaya a la SS a modificar tanto la fecha como lo de "la baja voluntaria", puesto que en realidad no ha habido una baja voluntaria, sino un despido a instancia del empresario. También le dicen que hable con la empresa para que le hagan un certificado de empresa con fecha del 06 de abril. El caso es que la empresa le debe mucho dinero a la trabajadora, con lo cual lo de hablar con la empresa ni en broma.
La persona en cuestión fue a la SS, en la SS le dicen que tiene que ir a inspección de trabajo, en inspección de trabajo le dicen que prima el certificado de empresa y que la fecha del cese es el 05 de abril y que sea el inem el que decida si se le concede una prestación o no a pesar de que figure como baja voluntaria en la SS, y sino, que en última instancia denuncie.
En definitiva, quién tiene razón, el inem o inspección de trabajo, qué puede hacer la trabajadora??
En mi opinión lleva razón el inem. El certificado de empresa no puede primar si no hay concordancia con lo comunicado a la SS. Entonces se debe aclarar porque razón la empresa comunicó baja voluntaria cuando no la ha habido. El inem puede entender que ha habido una equivocación al rellener el certificado de empresa y, ante el temor de dar una prestación que no corresponde, pide aclaraciones. Si la empresa no realizó bien la comunicación de cese a la SS debe enviar de nuevo la correspondiente rectificación de que la baja no fue voluntaria. Es algo habitual.
Quien tiene que solucionar el motivo de la baja y las fechas es la empresa ante la seguridad social. El periodo de prueba era muy largo? Es que no me cuadra como puede la empresa deberle mucho dinero a la trabajadora sólo en el periodo de prueba.
El contrato era por nueve meses con un período de prueba de 6 meses. La trabajadora en cuestión fue contratada como asesor técnico de oficina, sin embargo estuvo durante más de un mes visitando negocios por toda la comunidad con su propio coche. La suma que le deben entre desplazamiento, dietas y horas extra no es moco de pavo. Recién llegada a la oficina tras haber estado fuera durante ese tiempo, le comunican el cese en la empresa
Bien, pues aclarada la duda, me ratifico en lo que te comenté anteriormente que es la empresa la que tiene que cambiar el motivo ante la seguridad social. Es más si me apuras te diría que consultara con un abogado, los contratos eventuales suelen ser en fraude de ley, por tanto lo que no le quiere pagar en dietas que se lo pague en indemnización por despido por ser contrato en fraude de ley (si fuera el caso).