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Prestación cese actividad autónomos

1 Comentarios
 
Prestación cese actividad autónomos
25/08/2010 12:54
Según la Ley 32/2010 que aprueba la prestación por cese de los autómos entre los requisitos que establece está el tener cubiertas las contingencias profesionales y por otro lado tener cubierto un periodo mínimo de cotización por cese de actividad de al menos 12 meses. Mi pregunta es la siguiente: ¿Puede un trabajor que ya tenga más 12 meses cotizados pero sin tener cubiertas las contingencias profesionales acogerse durante este mes a dicha contingencia y despues solicitar la prestación el mese siguiente?
25/08/2010 16:05
Pues no...

Para empezar la Ley 32/2010 entra en noviembre, y después se requiere, al menos, 12 meses cotizados dentro de los 48 meses anteriores al cese, pero no por contingencias comunes (como vienes cotizando hasta ahora), sino cotizados por contingencias profesionales y por la contingencia de desempleo (ambas).
No tiene carácter retroactivo.

Sólo si cumples lo dispuesto en la Disposición Adicional 13º de la Ley 32/2010, tendrás derecho a una prestación no contributiva (sin necesidad de haber cotizado por desempleo) de 425 € durante un máximo de 6 meses.
En cualquier caso, esta prestación requiere un desarrollo normativo que aún no existe.