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Presidentes comunidades

1 Comentarios
 
12/01/2019 22:46
Tesoro
Para eso es necesario unanimidad.
El ser presidente es obligatorio, art.13.2 El Presidente será nombrado, entre los propietarios, mediante elección o, subsidiariamente, mediante turno rotatorio o sorteo. El nombramiento será obligatorio, si bien el propietario designado podrá solicitar su relevo al Juez dentro del mes siguiente a su acceso al cargo, invocando las razones que le asistan para ello.
Si nl le hacen caso, en la junta vote asi. Diga qud no esta de acuerdo con esa votación, qud su voto es NO y que se reserva el derecho de impugnar. Cosa que deberá hacer en el juzgado
Presidentes comunidades
12/01/2019 20:27
¿Crea Precedente, el que un vecino de una comunidad se presente para presidente, pero con la condición de que se le exima de la cuota anual de comunidad, habiendo otros vecinos que se presentan para el mismo cargo sin exigir ni cobrar nada, aunque se someta a votación y los presentes en la reunión le den la mayoría al que requiere la exención de la anualidad?