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presidente suspende junta

71 Comentarios
Viendo 41 - 60 de 71 comentarios
12/01/2006 20:54
Yo, Justa creo lo mismo que tú. Pues sobre todas las opiniones ha de imperar el sentido común y el sentido común me dice que un Presidente está nombrado para representar y no para "joder". Con perdón.
12/01/2006 19:46
Por cierto, los propietarios pudieron continuar la Junta sin el Presidente, y el secretario tomar nota para el acta en el momento en que este se fue y que alego para irse.
12/01/2006 19:27
Yo voy a opinar teniendo en cuentra otras consideraciones:
1ª Cuando la ley dice "Los órganos de gobierno de la comunidad son los siguientes:
a) La Junta de propietarios.
b) El presidente y, en su caso, los vicepresidentes.
c) El secretario.
d) El administrador."
ha querido establecer un orden, poniendo en primer lugar y con prioridad a la Junta de propietarios. Una de las funciones de ésta es conocer y decidir en asuntos de interés general para la comunidad, acordando las medidas necesarias o convenientes para el mejor servicio común.
Sin embargo, la función del presidente, la única función de éste, es ostentar legalmente la representación de la comunidad, en juicio y fuera de él, en todos los asuntos que la afecten.
Representar es sustituir a uno o hacer sus veces.
El Presidente ha de ser el representante de la comunidad pero las decisiones en PH las tiene la Junta.
12/01/2006 19:04
Perfectos no somos, desde luego, pero hay leyes que parecen hechas para que cada vez lo seamos menos.
12/01/2006 18:57
Menos teoría y más bajar a la arena de las Juntas. Ahí quiero ver a los Hesser, Roxin, Mezger,Jellinek, Mayer, Kelsen, Laband y un largo etcétera pidiéndole las facturas de los gastos al presidente o administrador.
12/01/2006 18:54
Los efectos no son por LPH sino por las personas, pero si todos fuéramos perfectos, no harían falta leyes.
12/01/2006 18:53
Parece que cuando no llevas la razón, pones cualquier cosa para desviar el tema, no?

Qué más nos vas a poner?

Cuando encuentres juristas españoles que llegue a la altura de Hesser, Roxin, Mezger,Jellinek, Mayer, Kelsen, Laband y un largo etcétera y sean capaces de hacer las teorías que hicieron ellos, entonces hablamos.
12/01/2006 18:53
No hará falta recordar los graves efectos secundarios de la ley de Propiedad Horizontal. Más de uno habrá estado al borde del infarto en alguna Junta Ordinaria.
12/01/2006 18:48
"EL MUNDO/MEDICAL TRIBUNE

Morir adelgazando.- Varios médicos y farmacéuticos han sido puestos a
disposición de la Justicia alemana por su colaboración en la fabricación y
distribución de una serie de pastillas para adelgazar que podrían haber sido la
causa de la muerte de cuatro mujeres.

Según un artículo publicado esta semana
en The Lancet, el escándalo desatado por estas píldoras ha puesto en entredicho
la eficacia de las leyes que regulan los fármacos en Alemania. Las «pastillas
mortales» están elaboradas con sustancias que causan graves efectos
secundarios, como arritmias, y cientos de personas han asegurado que las han
consumido porque creían que estaban elaboradas con hierbas naturales. / EL
MUNDO "

No me extrañaría nada que esas leyes que regulan los fármacos en alemania las hubieramos copiado nosotros también. Los alemanes regulan, y nosotros copiamos.
12/01/2006 18:37
Que como veis son dos juntas distintas
Una los propietarios y otra la Junta Gestora, Junta de Gobierno, Junta Rectora, etc.
12/01/2006 18:27
Ojalá todos los administradores se saltaran la Ley de la forma en que lo hace Justa.
12/01/2006 18:24
y la Junta como organo la forman el presidente, el vicepresidente, el secretario- el administrador y si por estatutos existiesen otros cargos esos también forman parte de la Junta. O mas comunmente llamada Junta de Gobierno, Junta Rectora, etc,
12/01/2006 18:22
Junta es la reunión de propietarios
12/01/2006 18:22
Todos los propietarios forman la Junta
12/01/2006 18:16
Lo que me gustaría saber de Australiano, es la razón de que se suspendiera, hay que saber si estaba justificado.
12/01/2006 18:11
Anda mira, un tema de los órganos colegiados igual que el que comentaba con otra persona antes.

El presidente sí puede suspender la junta, tal y como indica el artículo 23 que antes han transcrito

"c) Presidir las sesiones, moderar el desarrollo de los debates y suspenderlos por causas justificadas."

Es el presidente en que modera la junta, la presidencia de la misma hace que sea quien indique los puntos del día, el orden, el comienzo, el final, etc...

Fuera de esa potestad que tiene de dirigir la sesiones, no tiene ninguna más, pero esas sí las tiene.

Creo que cuando hablamos de juntas, algunos confunden la junta como órganos con la junta como sesión, que es la que el Presidente dirige y por tanto puede suspender.

Justa, me extraña tanto que como administradora que eres desconozcas esto
12/01/2006 18:07
"Spain is different": Toros, paella, sanfermines, ... y follones en las comunidades a punta pala.
12/01/2006 18:00
Yo no digo nada.
12/01/2006 17:54
Creo que no la puede suspender, pues por encima del Presidente esta la Junta de propietarios y ellos son los que pueden decidir si o no, pues el Presidente solo preside la Junta y cuando esta esta reunida, y mas si estuviesen todos los propietarios es la que tiene la fuerza legal
12/01/2006 17:39
No soy el forero anónimo para yo te lo aclaro.

El régimen de los órganos colegiados se aplica por analogía a los otros entes similares del derecho privado que funcionan como organos colegiados, los casos más significativos son los de las comunidades de propietarios y las juntas de accionistas.