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Presidente/Secretario/Administrador

2 Comentarios
 
10/03/2007 14:16
Agradecido audrey, ahora lo ví, art.13-5.
10/03/2007 14:00
Hola:

La respuesta a esa pregunta puede extraerse del párrafo siguiente de la LPH:

"Las funciones del secretario y del administrador serán ejercidas por el presidente de la comunidad, salvo que los estatutos, o la Junta de propietarios por acuerdo mayoritario, dispongan la provisión de dichos cargos separadamente de la presidencia."

En principio, está claro que son dos cargos (el de secretario y administrador) que pueden nombrarse independientemente; también pueden acumularse en una misma persona y, como está dispuesto en el párrafo entrecomillado, ambos cargos también pueden ser ejercidos por el presidente.

Respecto al comentario que hace de las Actas, efectivamente, deben cerrarse con las firmas del presidente y del secretario pero, previamente en el apartado d) de la norma 2ª del mismo artículo, ya se dice que el acta debe expresar una relación de todos los asistentes y SUS RESPECTIVOS CARGOS.
Si el presidente, además de ser presidente, es también secretario, al reflejar dicha relación, se hace constar:
XXX: Presidente
XXX (el mismo): Secretario
o
sencillamente;
XXX: Presidente-secretario-administrador.
Con lo cual al cerrar el acta, cuando firma como presidente, ya queda claro que también ha firmado el secretario que es la misma persona.
Otra posibilidad es que a pie de página figure:
Presidente: y su firma
Secretario: Y firme de nuevo.
Pero, ¿para qué repetirse, verdad?
Presidente/secretario/administrador
10/03/2007 12:43
Hola, a ver si alguien me hace el favor. He estado leyendo la Ley de Propiedad Horizontal y no lo tengo claro.
¿Puede la misma persona ser Presidente/Secretario/Administrador?
Ya sé que Presidente/Administrador sí. Pero ¿y secretario? En las actas de las juntas donde dice la Ley que serán firmadas por el Presidente y el Secretario (artículo 19-3) solo vienen firmadas por el Presidente.