Tenemos una segunda residencia en la que únicamente somos 4 vecinos, y cada uno tiene el 25% de cuota de participación.
Yo (que actualmente soy el secretario) he solicitado una reunión extraordinaria que se me ha denegado ya en 2 ocasiones, ya que el presidente de la junta alega que "está de vacaciones y no para hacer reuniones" (es un jubilado que vive allí 6 meses al año).
Desde que formamos la comunidad hemos tenido ya muchas discrepancias personales, y entendemos esto como el colmo de los colmos pero, ¿¿en este caso que podemos hacer?? Hemos pensado mandarle un burofax, en el que se cite literalmente el artículo de la LPH que indica que el 25% de la junta tiene derecho a solicitar una reunión, pero... ¿qué créeis que deberíamos hacer?
Además os agradecería que me explicárais el Art.16, donde dice:
" Si la reunión de la Junta no concurriesen, en primera convocatoria, la mayoría de los propietarios que representen, a su vez, la mayoría de las cuotas de participación, se procederá a una segunda convocatoria de la misma, esta vez sin sujeción a quórum"
Qué significa esto de "sin sujeción a quórum"???
Las dos reuniones que se me han denegado han sido convocadas por escrito, tal y como se estipula, y indicando los puntos del día, etc... y ya no sé que más puedo hacer....
Agradezco vuestras posibles respuestas de antemano.
Un cordial saludo,