Nuestro presidente, se ha descubierto que no es propietario según el R.P.Se suscitó este tema, estaba incluido , en la Junta. y este individuo caradura, en acuerdo con el administrador, en medio de la junta le dice al administrador que conteste si ha visto su título privado de propiedad, el administrador igual de caradura dice que sí, y ahí queda todo porque el presidente dice que no tiene porqué enseñar su título de propiedad a nadie más. ¿Qué opinan ustedes?. Gracias
Pues muy bien, ya saben que el presidente tiene que ser necesariamente propietario, ni consorte ni leches y tiene que acreditarlo, máximo habiendose advertido.
Les recomiendo que, siguiendo las normas establecidas en propiedad horizontal, solicite si quiere a titulo particular acogiendose al articulo 16/2 ley 49/60, que figure en convocatoria especificamente en la próxima reunión y que el personaje que se denomina presidente acredite ante los presentes su condicion de propietario con documento al efecto. Poner en antecedentes al igualmente el flaco favor de administración al cual, si resultara contradictoria su actuación, propiciar su lanzamiento sin contemplaciones y por supuesto, demandar al primero, si así procediera,, por cacique,