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¿Presidente delega representación y voto?

27 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 27 comentarios
13/12/2010 20:12
Después de todo, el compañero Dick es buen chico el jodio. Tiene su pronto, pero después es buena persona.
13/12/2010 16:51
Valoro muy positiva tu reflexión, por ello, Gracias.

Un saludo
13/12/2010 13:44
Como está claro que te han molestado mis formas ...

Me disculpo por ellas.

Un saludo.
02/12/2010 23:35
Si verdaderamente estuviera en un pedestal, inicialmente ya hubiera contestado de otra forma y no fué así, si no de manera reflexiva.

En el caso del concepto jurídico, no me molestó, de hecho reconozco que fué mal empleado por mi parte.
En ningún momento pretendí discutir contigo sobre Derecho, porque de lo que pueda saber, es através de lecturas en la red y mis conocimientos son limitados con respecto a los tuyos, pero aquí otra vez son las formas.

Si algún forero, planteara algún tema sobre Programación Estructural de Sistemas empleando Algorítmos y otros Mecanismos y, cometiera errores en su valoración, jamás lo desplazaría con mis palabras, intentaría hacer que viera su error en su exposición.

No me sucedió esto contigo, note bastante desplante por tu parte, esto es lo que me molesta, no cualquier corrección que me hagas. Yo estoy para aprender al igual que los demás, me puedo equivocar en la opinión que expreso y agradezco aquél que me haga ver la realidad del acto, pero hombre, tienes que reconocer que tal como determinas ciertas cosas pueden llegar a molestar al que te diriges.

Reconozco que apreté un poco en la última intervención y no quiero seguir en esta postura, no conduce a nada, y la pretensión de los dos, como has dicho, es esclarecer las ideas de los foreros que lo necesiten, incluso yo.

Mira!, por lo menos coincidimos en algo, yo también estoy sentado.

Un saludo

02/12/2010 12:26
No creo tener siempre la razón.

Es totalmente lícito que no me apetezca discutir contigo sobre Derecho. No existe inguna razón para que lo haga.

He entrado y contestado CORRECTAMENTE. En ese sentido he cumplido con el mismo ideal que tú. AYUDAR.

La diferencia es que yo he contestado correctamente y tú no.

¿Te parece prepotente mi contestación o te parece prepotente el comentario personal que te hago? Creo recordar que fuiste tú quien se dirigió a mi al mentar mi nick ¿o no? Yo me limité a contestarte y aclarar un concepto jurídico utilizado en tú contestación.

Es posible que no te valgan mis respuestas (no son dogmas de ley), pero te aseguro que generalmente son acertadas en lo que al fondo del asunto se refiere, siempre y cuando la exposición fáctica sea correcta y aunque tengo poco tiempo, el que tengo es suficiente para contestar acertadamente.

Por cierto. Yo redacto sentado.

Quizá seas tú quien tenga que bajar de ese pedestal algorítmico que te has creado.

Sin acritud.
30/11/2010 00:34
Por supuesto que no soy abogado, tengo otra profesión, en la cual se analizan muchas cuestiones, entre ellas, estructurar una serie de algoritmos para poder ser desempeñadas por cualquier profesional, incluso tú.
Tus clientes espero que reciban mejor trato, porque hasta propios colegas tuyos que leyeron este post, no les gustó nada tú manera de expresarte.
Vas muy mal con tú imperativo por delante, demuestras bastante la línea que llevas, esto me suena a algo que ya paso hace tiempo.
Si tienes poco tiempo y el poco tiempo que tienes lo empleas para dar este tipo de contestaciones, más vale que te dediques a descansar y por lo menos, los que tenemos interés en ayudarnos unos a otros, no tenemos que aguantar ninguna subida de tono, como demuestras desde el pedestal en el que te encuentras.
No hace falta que realices dictámenes legales, porque de tí no necesito nada, para eso ya tengo amigos que me pueden asesorar en cualquier tema legal.
Lo de "con mi contestación es suficiente", no me vale, me parece que vas a tener que revisar un poco ciertas normas que hay, antes de lanzarte a dar tales afirmaciones, con tu autoridad de letrado.
Si este Foro te parece un despropósito, no sé que haces participando, a no ser, que te guste ir demoliendo a los foreros que puedan discrepar con la autoridad competente.
Existen otros Foros que son exclusivos para Abogados, te encontrarías más agusto ya que los demás participantes estarían a la misma altura que tú y no sentirías un desencanto como demuestras en este foro.
Como ves, en las intervenciones anteriores me he medido, no ahora, porque por muy abogado que seas no creas que tienes la razón en todo lo que expones.
29/11/2010 12:29
No me he vuelto prepotente fontanero.

Lo que ocurre es que llegó un momento en que me harté de algunas cosas.

Por ejemplo de tus continuos comentarios arbitrarios y caprichosos al mentar a determinado colectivo de profesionales, tan desacertados como injustos en su mayoría.

29/11/2010 11:37
Dick, me temo que te has vuelto muy prepotente y entiendo que cuanto menos un poco de humildad no va mal. El que seas abogado no te da derecho a tener la posesión de la verdad, aunque sí de tu verdad.
Entras poco, eso sí es cierto, pero para esto.....

29/11/2010 11:06
En años anteriores he tenido etapas en las que he intervenido en el foro contestando a las preguntas que se formulaban.

Posteriormente dejé de entrar porque me parecía un cachondeo.

Mi tiempo es limitado y no voy a redactar dictámenes legales por cada consulta que se plantea ni enviar jurisprudencia. Con mi contestación es suficiente.

Me parece muy bien que no estés de acuerdo y quizá te ofenda como he zanjado el asunto, del mismo modo que a mi me ofende que discrepes, siendo lego en la materia como eres.

Tienes razón en una cosa. No se quien eres, pero si que no eres Abogado porque lo percibo al leer tus intervenciones.

En cuanto a mi, soy Abogado.

Saludos.

27/11/2010 00:12
Mira, yo opino no discuto, por lo menos es lo que hago en este foro y menos tirar por tierra opiniones, que aunque puedan estar equivocadas, son para aportar algún tipo de solución a los temas planteados.
Es más sencillo, si uno no está de acuerdo, decir al forero: creo que te equivocas......, no estoy de acuerdo según......, discrepo de tu opinión en......, etc... , todo es más fácil y así, entre opinión y opinión, al final se puede conseguir un resultado que más se ajuste a la respuesta.
Ah!, el ejemplo, la similitud no viene por la jurisdicción de cada asunto, que es distinta, si no, por el desplazamiento que se produce, tanto en un asunto como en el otro, según la opinión expuesta en la anterior intervención.
Discutir....con Médicos.....con Arquitectos....contigo sobre temas legales, hombre, no se quién eres ni tú tampoco quién soy yo, pero deberías tener más tacto.
Aquí, no es cuestión de quedar uno por encima de otro, es ayudar al que lo solicita
Sabrás mucho sobre aspectos legales, pero sobra el abuso.
Nulo de pleno derecho, casi seguro que tienes razón.
En cuanto a la representación de este caso, dudo, pero me puedes pasar la norma o sentencia que trata este tema en concreto.

Un saludo
26/11/2010 14:23
No voy a discutir más la cuestión y ni siquiera te iba a contestar pero debes saber Trasguyo que para que un acuerdo sea nulo de pleno derecho debe, entre otras cosas, ser contrario a normas de orden público.

Hay que estiudiar derecho para conocer la diferencia entre nulidad de pleno derecho y anulabilidad. Lo que está claro es que el voto emitido por quien represente al Presidente (me da igual que el representante sea propietario o no) EN NINGÚN SUPUESTO LEGAL PODRÍA SER NULO DE PLENO DERECHO.

Dicho eso, sigo opinando lo mismo. No creo que prosperara una impugnación de un acuerdo (porque se impugna el acuerdo, no la delegación de voto en si misma) dado que el Presidente/Propietario convalidaría el voto al permitir que su derecho de voto sea manifestado de ese modo, por inaudito que me parezca.

En cuanto al ejemplo que expones, no tiene similitud alguna con el asunto que nos ocupa, entre otras razones, porque mezclas jurisdicciones diferentes.

Yo no discuto con médicos sobre medicina, ni con arquitectos sobre arquitectura.

No discutas conmigo sobre temas legales.

Saludos.

24/11/2010 17:19
Cualquier cesión que se de a otro Propietario, en cuestión de representación en una Junta de Propietarios, queda anulada automáticamente en el mismo instante que está presente el Titular del voto (por decirlo de alguna manera).
DickTurpin,
como dice chelinka, aquí hay dos opciones, o está el Titular del voto o, el Sustituto para hacer efectiva la votación. Para nada es válido el voto emitido por el Sustituto estando presente el Titular (que por ley tiene obligación de emitir su voto en el sentido que quiera, como si decide que no quiere emitir su voto, con lo cual entraría dentro de los votos nulos)
Imagínese un Trabajador en una Empresa, que pide el día de mañana para ausentarse de su puesto de trabajo para realizar unas gestiones y, la empresa pone en su puesto a otro Compañero. Llega el día siguiente y, aquella necesidad que el Trabajador tenía, lo solventa el día anterior por la tarde, y se presenta en su puesto de Trabajo. ¿Qué pasaría?

El sustituto dejaría el puesto para ocuparlo el Titular, porque los dos no podrían quedar en el mismo puesto.
Esto mismo sucede en la Junta de Propietarios, el Titular presente tiene una responsabilidad en su puesto que no la puede usurpar nadie.
El voto emitido por el Propietario con representación del Presidente, es nulo de pleno derecho
Un saludo
24/11/2010 15:01
Creo que lo hago al decir que el hecho me parece inaudito.
24/11/2010 14:31
El art 15 dice que "la asistencia a la junta de propietarios sera personal o por representacion legal o voluntaria, bastando para acreditar esta un escrito firmado por el propietario"

Si la asistencia es personal y su persona esta en la junta automaticamente la delegacion quedaria anulada y deberia ser esa persona quien votase.

No es necesario que nadie me represente si yo estoy presente. Suponga que firma un poder notarial para que se le represente en una firma de documentos y despues, por circunstancias, acuden usted y su apoderado a ese acto ¿No seria lo logico que firmara usted?. ¿No quedaria anulado el poder notarial en el momento en que usted se presentase al acto?

Dick Turpin, habra de reconocer que es una situacion subrealista y que parece, segun Bri, que es habitual en esa comunidad.

Saludos
perfil Bri
24/11/2010 07:00
Dick, usted ha dado en el clavo.

En mi comunidad, por ejemplo, hay propietarios que, por no llegar a tiempo al inicio de la Junta, delegan su voto en una tercera persona (otro propietario o persona de confianza), y si llegan a mitad de la misma, hablan, opinan, proponen, etc, aunque luego sea la otra persona quien levante la mano para votar cuando llega su turno.

Opino lo mismo que usted; en el caso que yo expongo no es factible la impugnción del voto del presidente, ya que es emitido de forma legal por él, por medio del representate.

Saludos.
24/11/2010 01:30
Es la 1.27 de la madrugada y tengo pocas ganas de escribir pero le diré tres cosas:

1º. El cargo de Presidente es intransferible y al parecer no se transfirió, por lo que la cuestión está resuelta.

2º. Si el Presidente asistió personalmente, está claro que quien votó en dicha junta fue el Presidente, con independencia de la persona que ejerciera el derecho de voto.

3º. En el hipotético caso de que admitiéramos el hecho, inaudito por otra parte, de que el Presidente asistiera a la junta y embargo, otra persona ejerciera el derecho de voto del Presidente, entiendo que dicho voto no sería susceptible de impugnación, habida cuenta de que en el fondo viene a ser convalidado por el Presidente.

21/11/2010 22:00
Muchisimas gracias Trasguyo, por mi parte su respuesta me resulta muy valiosa.

En varias ocasiones he solicitado al presidente que modifique el contenido del acta y nunca he obtenido ni respuesta, ni modificacion.

En la ultima ocasion estaban equvocados las cuotas de participacion de dos propietarios y en los acuerdos no se tubieron en cuenta los votos delegados (2 propietarios) solo los de los presentes. Solicite que se modificasen ambas cosas que disculpe como un error (muy conveniente por cierto) y se me ignoro de forma descarada. Aun no he recibido respuesta.

Los presidentes de mi comunidad asesorados por estos maravillosos administradores que tenemos no contestan ni por educacion. En la siguiente junta no se leyeron rectificaciones asi que supongo no se hacen por cabezoneria y porque no les gusta que les saquen los colores ante un trabajo tan descuidado.

Con lo que usted me indica ahora sabre defenderme ante esta situacion.

Gracias.
21/11/2010 21:19
Bri,
igual no me expliqué bien.
El Presidente preside, obligación por Ley.
El Abogado, no preside, actuaría como Técnico Asesor al Presidente.
El Presidente está obligado, como cualquier Propietario presente, a emitir su voto y, es ilegal, por muy dificil que sea el tema a votar, ceder el acto del voto a otro Propietario o a alguien que no lo sea. Es eludir la responsabilidad que tiene cada Propietario de pronunciarse sobre un tema, por muy complicado que sea, a parte, todos los presentes en la Junta están obligados a votar o determinar que no quieren hacerlo, con lo cual sería voto nulo, pero nunca pasar la pelota a otro Propietario para que vote por él, esto es ilegal.
No conozco ningún caso en que el Presidente estando presente no emita su voto.
No entiendo la actuación de este Presidente, en un principio pensé que no estaba en la reunión, pero esto, es más subrrealista.
El Juez no aceptaría la impugnación de la Junta al estar presente el Presidente y presidirla, únicamente aceptaría la modificación de su voto.

Chelinka,
únicamente habría que impugnar la votación emitida por el Propietario que representó al Presidente, como bien dices, a través de un escrito o mejor, un Burofax con certificación de contenido al Presidente pidiendo la rectificación del recuento de votos por la irregularidad cometida.
Si no se atiende, lo único que queda es impugnar en el Juzgado, no se necesita abogado, hay que pedir al funcionario el impreso para realizar la denuncia y aportar el Burofax y una copia del acta firmada.
Espero haberos ayudado
Un saludo a los dos.

21/11/2010 21:08
Como presidente, puede y debe proponer a la junta la asistencia tecnica necesaria para tomar las decisiones adecuadas (letrado, arquitecto, aparejador o quien sea necesario). Esta persona, en la reunion, asesorara en el tema a debate. Posteriormente, a la hora de votar, el presidente en persona votara lo que le parezca, segun se haya asesorado previamente.

Otra opcion que se me ocurre es remitir un informe tecnico, en roman paladino para quue lo entienda todo el mundo, junto con la convocatoria de la junta. LLegado el momento de votar cada cual, ya informado, votara lo que crea conveniente.

El presidente tambien puede no asistir a la junta, avisandolo para que se elija otro propietario para que la presida, y en ese caso podria delegar asistencia y voto en el abogado de forma legal.

No creo que sea necesario saltarse la ley para asesorar a la comunidad. Las dos cosas, presidir y delegar, no pueden ser.

No sabria decirle sobre jurisprudencia pero una junta se puede anular por muchos motivos, a veces por no haber convocado con el timpo suficiente, y este es importante.

saludos
perfil Bri
21/11/2010 20:03
Agradezco a todos las opiniones que váis dando, pero insisto en mi discrepancia.

Supongamos que el presidente delega su representación y voto -COMO PROPIETARIO, INSISTO- en su abogado, ya que el tema a tratar en la Junta es muy "delicado" y considera que su abogado puede explicar mejor que él las consecuencias legales que se derivarían según se tome una u otra decisión, y después este abogado votará en consecuencia.


Es decir, cualquier otro propietario que no tenga cargo en la Junta podría hacerlo (delegar su representación y voto en su abogado), pero el Presidente, precisamente por serlo ¿no puede?

Pues a mí sí que me parece que se merman sus derechos como propietario, en este aspecto concreto y precisamente por ser presidente.

Pero en todo caso, ¿un juez admitirá la impugnación o declarará nula la Junta si el presidente delega su voto en un tercero? ¿Conocéis algún caso en que haya ocurrido ésto?