Para ocupar este cargo, se exige ser "jurista de reconocido prestigio (concepto jco. indeterminado) con más de 15 años de ejercicio.
Por tanto, podemos encontrarnos con que la máxima autoridad judicial de la nación NO SEA JUEZ. ¿Véis esto lógico, hay parangón en el derecho comparado europeo? Gracias.