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Presidente de escalera; exenciones

1 Comentarios
 
23/11/2016 13:57
espectacle
art. 13.2 de la ley propiedad horizontal
2. El Presidente será nombrado, entre los propietarios, mediante elección o, subsidiariamente, mediante turno rotatorio o sorteo. El nombramiento será obligatorio, si bien el propietario designado podrá solicitar su relevo al Juez dentro del mes siguiente a su acceso al cargo, invocando las razones que le asistan para ello. El Juez, a través del procedimiento establecido en el artículo 17.3 resolverá de plano lo procedente, designando en la misma resolución al propietario que hubiera de sustituir, en su caso, al Presidente en el cargo hasta que se proceda a una nueva designación en el plazo que se determine en la resolución judicial.
Digalé a su vecino que la minusvalía según la ley de la propiedad horizontal, no le exime
Presidente de escalera; exenciones
23/11/2016 10:48
este mes se va a prodecer el cambio de presidente..pero tengo una duda..que el vecino que se supone que le va a tocar..me comenta que tiene más de 33% de minusvalia y esta exento de ejercer dicho cargo

es correcto lo que expone mi vecino??