El presidente de mi comunidad, de acuerdo con la administradora, han decidido pintar el interior del edificio sin previa reunión de propietarios. Han puesto una nota informativa el día previo a iniciar las labores de pintura. El coste ha sido de unos 4000€. Los propietarios no hemos podido decidir ni proponer presupuestos. Incluso han cambiado el color a su gusto.
¿Están legitimados para emprender esta mejora? La administradora se reitera en que es perfectamente legal, al no superar un importe superior a 3 mensualidades de ingresos de la comunidad.
¿Puedo negarme a asumir este gasto y que me sea devuelto la parte proporcional? (El pago se ha hecho sin cuota extra, pero no está incluido en los presupuestos)
Realmente no sé de dónde han sacado el dinero, porque llevan desde noviembre de 2010 sin hacer reunión y sin aportar ningún estado de cuentas
Gracias. Un saludo
Su administradora aparte de incompetente, esta muy interesado en esa pintura de escalera
indiquele lo que dice el Artículo 14
Corresponde a la Junta de propietarios:
a) Nombrar y remover a las personas que ejerzan los cargos mencionados en el artículo anterior y resolver las reclamaciones que los titulares de los pisos o locales formulen contra la actuación de aquéllos.
b) Aprobar el plan de gastos e ingresos previsibles y las cuentas correspondientes.
c) Aprobar los presupuestos y la ejecución de todas las obras de reparación de la finca, sean ordinarias o extraordinarias, y ser informada de las medidas urgentes adoptadas por el Administrador de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.c.
Si le piden dinero de una derrama, nieguesé en rotundo
y le indica que lo de los tres meses de cuota se refiere a
Artículo 10
1. Será obligación de la comunidad la realización de las obras necesarias para el adecuado sostenimiento y conservación del inmueble y de sus servicios, de modo que reúna las debidas condiciones estructurales, de estanqueidad, habitabilidad, accesibilidad y seguridad.
2. Asimismo, la comunidad, a instancia de los propietarios en cuya vivienda vivan, trabajen o presten sus servicios altruistas o voluntarios personas con discapacidad, o mayores de setenta años, vendrá obligada a realizar las obras de accesibilidad que sean necesarias para un uso adecuado a su discapacidad de los elementos comunes, o para la instalación de dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan su comunicación con el exterior, cuyo importe total no exceda de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes.
No tiene ni pajarera idea la administradora
Gracias por su respuesta.
No nos ha pedido dinero para esta mejora. Pero ¿qué puedo hacer yo? ¿me niego a aprobar las cuentas en la próxima reunión? ¿o puedo exigir el dinero proporcional a mi participación...?. De momento no me planteo denunciar, porque no me quiero enfrentar a mis vecinos y tampoco me quiero embarcar en gastos de juicios.
Encima de todo la mayoría de los vecinos apoyan al presidente y a la administradora, dicen que hacía falta pintar.
Gracias
En algunos títulos constitutivos permiten al administrador disponer de alguna cantidad destinada a conservación, sin necesidad de junta, ni presupuestos. Puede ser su caso. Es cierto que por lo menos para el cambio de color debería haber consultado, pero por lo demás y en el caso como comento y sin cambio sustancial, perfectamente puede estar legitimado. Consulte la escritura o en su defecto solicite una copia registral.
Pasacero, perdone pero creo que peca de conciliador. Lo que usted indica es una cosa rarisima, que en el título constitutivo aparezca eso, en todo caso figuraría en los estatutos
Entonces, si no es un acuerdo legitimado ¿puedo pedir no contribuir a este gasto -aunque ya esté hecho-? ¿qué ocurriría si todos los vecinos se negasen al pago?
Porque realmente yo pienso que el presidente ha actuado por desconocimiento de la ley ¿es reponsable el presidente, el administrador o ambos?
Jalisco. Lo que cuento es real ya que en mi propia escritura y en el titulo de aquellos años, me figura una cantidad en pts. Si la actualizamos al IPC. Por lo menos en mi caso hay para pagar la pintura de mi portal.
"¿es responsable el presidente, el administrador o ambos?"
Son responsables todos.
Se ve que su comunidad es una comunidad que no sabe lo que quiere, como casi todas.
¿Ud. cree que lo puede hacer mejor? Hágalo.
Pasacero, no se puede decir eso como usted lo dice, ya que bien sabe que aunque una persona desee ser, presidente o administrador, no depende de él si no de lo que diga la mayoria
Al final es lo mismo que me ha dicho algún vecino: hay dos opciones o te callas o te presentas a presidente y lo haces tú mejor. Yo no creo que este sea el caso. Nunca he cuestionado nada a la presidencia ni a la administración, no soy el típico propietario que protesta continuamente, pero no me parece que se deban hacer así las cosas; de hecho es la primera vez que ocurre algo así en nuestra comunidad....
Simplemente les he expuesto que no entiendo cómo se hace una mejora así estando pendiente la reunión anual y la aprobación de los presupuestos. La junta debió ser en noviembre, junto con los presupuestos de 2012 (así viene siendo los útlimos años); pero lejos de plantear el tema en la reunión pintan todo en febrero... No me diréis que no pinta raro...
Además es la primera mejora que podemos hacer tras salir de una situación económica delicada, presuntamente por una mala gestión del anterior administrador (rumores de que se quedó con dinero, no demostrado, se ha pasado un tupido velo)
Por la presidencia todos pasamos por rotación o elección según lo indique el titulo. Dice salir de una situación penosa con otro administrador y el presidente actual a decidido actuar por su cuenta sin consultar porque supongo tiene dinero y no se ha hecho nada en mucho tiempo. Por supuesto que no ha actuado bien, pero hay que valorar si lo hecho en cumplimiento del Artículo 10.1 o se ha saltado otras prioridades mas importantes y necesarias.
El presidente pensaba que su cargo es similar al de los políticos por lo que me explicó: él hace lo que considera y después da cuentas.
Lo que me extraña es que la administradora no le pare los pies, porque yo entiendo que le paga para eso, para que vele por el cumplimiento de las leyes.
No se trata de una mejora estructura ni imprescindible, tenga en cuenta que estamos hablando de una pintura interior de un edificio que acaba de cumplir 5 años de su entrega; era algo totalmente estético.
Teníamos acuerdos aprobados en juntas anteriores que no se han ejecutado, no sé el motivo...
Posiblemente yo hubiera votado a favor de la pintura en caso de haberse decidido por votación; pero lo que más me indigna de todo esto es que la administradora me diga que el presidente está facultado para tomar esta decisión, pero no me explica en qué se fundamenta.
Además, cuando me planteo ponerle una queja en el colegio de administradores de fincas me encuentro que no está colegiada. Entonces me doy cuenta leyendo con detalle el acta de la última reunión que ella es secretaria, y el administrador es alguien que no conozco, alguien para quien ella trabaja... No tenía ni idea de que ella no era administradora. No sé si ella puede ser secretaria sin ser propietaria ni administradora colegiada... ¿sabéis algo de esto?