Nuestra asociación tiene un local cedido por un organismo público. La presidenta ha firmado una nueva cesión y en el texto encontramos dos cambios que en no han sido aprobados por la asamblea.
- Se cambia el objeto de la cesión de forma que parte de las actividades que se realizan en la actualidad quedan excluidas. El nuevo favorece recibir subvenciones que la asociación ha rechazado hasta el momento para preservar su independencia.
- Se crea una comisión al margen de la junta directiva para tener contacto con el organismo público.
Una de las personas que participa en esta comisión es la pareja de la presidenta y habitualmente obtiene rentas por realizar labores de mantenimiento.
Otra persona, amiga de la vicepresidenta, aprovecha esta comisión para pedir subvenciones tanto para una tercera asociación de la cual es presidente como para realizar actividades de dicha asociación dentro de la primera.
Preguntas:
a. ¿Existe algún delito? ¿Cómo lo tipificarían?
b. ¿Es perseguible de oficio o sólo por los perjudicados?
c. ¿Alteraría la situación que la asamblea aprobara estos cambios a posteriori?