Buenas tardes,
Tengo una consulta relativa a la presidencia de mi comunidad, en unos días el administrador convocara la junta para elegir al nuevo presidente. Como propietario de una vivienda y con el sistema rotatorio por puertas, en principio me toca a mi, pero me encuentro de vacaciones fuera de la ciudad, es necesario que este presente? Puedo o debo enviar a alguien en mi representación? Si lo envío podría ser mi abogado? La verdad es que la convivencia es difícil y el administrador es un impresentable, por lo que ya he indicado a la comunidad mi deseo de no ser elegido, aunque creo que será así. Por otro lado, añadir que todo y siendo propietario no resido en la vivienda, ya que está alquilada.
Puede acudir a reunión quien Ud desee otorgándole su representación. El cargo de presidente por imperativo legal, deben ser asumidos por el propietario en este caso por turno, supongo que así reflejará su estatuto. Mas que un cargo es una carga, pero eso firmamos todos al escriturar la vivienda.
Un administrador impresentable, nos dice ¿Y su abogado no puede vencerle con la palabra ? Para evitar ser presidente le debe exonerar el juez, y las razones que nos expone no lo justifican.
Buenos días,
Gracias por la respuesta, me ha clarado algunas cosas, por desgracia ya se que no tengo más remedio que aceptarla. La duda que me resta entonces es si es olbigatorio que este presente en la convocatoria, tanto yo o mi representante o puede aprobarse el cambio de presidencia sin yo acudir. Es necesario firmar algo? Que información y/o papeles me debe traspasar el presidente actual? El estado de cuentas?
Gracias,
Buenas,
Podría alguno confirmarme por favor las segundas dudas planteadas:
Es olbigatorio que este presente en la convocatoria, tanto yo o mi representante o puede aprobarse el cambio de presidencia sin yo acudir. Es necesario firmar algo? Que información y/o papeles me debe traspasar el presidente actual? El estado de cuentas?
Muchas gracias a todos por este gran foro y las personas que lo hacen posible.
Buenos días. Querría exponer una duda aunque no se si es el sitio correcto.
EN mi comunidad el presidente es un vecino ingles que se presenta voluntario como presidente para ser votado. El misno lleva a la reunión un papel de representación para representar a otros 5 propietarios ingleses. En todas las votaciones se elije lo que el quiere ya que el resto de vecinos con derecho a voto somos 4 y el tiene en total 6. En esta asamblea ha sacado adelante el tener el presidente una compensación económica y eligiendose el como presidente con sus 6 votos. Lleva 3 años así y el abogado de la administradora dice que no se puede hacer nada al respecto convirtiendose esto en una dictadura ya que dice que va ser presidente hasta que se muera.. ¿esto es así?¿es legal? ¿existe una ley que regule esto?. Espero puedan ayudarme. Gracias
Tiene que comprobar los estatutos y ver que dice al respecto, si les indica que la presidencia es rotatoria, ese Sr. no puede ser presidente todos los años.
En caso de que indique la presidencia por elección, es cuestión de cambiar la clausula, como debe ser por unanimidad, lo tienen complicado, pero puede ser impugnado, y el juez dictará.
En cuanto a papeles para aceptar el cambio de presidente, cuales tiene que presentar el administrador? Cualquier propietario puede pedir una copia de las cuentas de la comunidad? Querría saber como se pasan las cosas para luego no tener problemas con el resto de propietarios. Gracias por adelantado por vuestra ayuda y respuestas.
En cuanto a papeles para aceptar el cambio de presidente, cuales tiene que presentar el administrador? Cualquier propietario puede pedir una copia de las cuentas de la comunidad? Querría saber como se pasan las cosas para luego no tener problemas con el resto de propietarios. Gracias por adelantado por vuestra ayuda y respuestas.
Toda la documentación a presentar, se relaciona en un documento que se denomina ACTA DE ENTREGA.
Firman ambas partes y cada parte custodia su original.