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Presi-Administrador

26 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 26 comentarios
Presi-administrador
20/11/2007 02:18
Es el caso de una pequeña comunidad de vecinos, de unos 10 propietarios. Por simplificar se pueden concentra en la misma persona los dos cargos? Gracias
20/11/2007 11:46
Si, ya que no es obligatorio tener administrador, pero sí Presidente.

Por lo tanto si los propietarios están de acuerdo, las funciones de Administrador las puede hacer el propio Presidente.

Miguel C. Gorriz
Col. 1436
20/11/2007 11:59
Gracias Miguel, y la siguiente pregunta para cerrar el tema: Puede asignársele un pequeño sueldo al Presi-Administrador?

Yo creo que el Presi como tal no puede recibirlo, por lo que habría que crear de forma oficial el cargo de Administrador, aunque en la práctica confluya en la misma persona.

Gracias de nuevo en todo caso
21/11/2007 09:20
El tema del sueldo ya es mas complicado, piensa que intervienen tanto Hacienda como la Seguridad Social, ya que desde el momento que pagais por efectuar un trabajo remunerado este paga sus impuestos y sus cotizaciones a la seguridad social.

Por lo que si un propietario enfadado pone una denuncia podriais tener problemas.

Pero esto como en todo si lo quereis hacer y lo acordais en junta, pues adelante.

Desde mi punto de vista, no es algo que yo aconsejaria, sobre todo porque esto puede traer rencillas, y malas interpretaciones.
21/11/2007 10:45
En principio el cargo de administrador debe ostentarlo el Presidente salvo que en los estatutos o en acuerdo adoptado en junta se disponga la provisión de dicho cargo con independencia de la presidencia.

Como veo que tienes claro que el cargo de Presidente es gratuito, me centraré en el cargo de Administrador.

Al calificarse la relación como de mandato, la respuesta la tienes en el artículo 1711 del Código Civil en lo que al cargo de Administrador se refiere, ya que existe una presunción de gratuidad.

Lo que se suele hacer en la práctica es eximir al propietario de los gastos comunes o, al menos, anticiparle las cantidades necesarias para la ejecución del mandato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1728 del Código Civil.

21/11/2007 20:19
Por si usted es de Cataluña le dejo el siguiente articulado de la LPH catalana.

Artículo 553-15. Órganos de gobierno
1. Los órganos de gobierno de la comunidad son la presidencia, la secretaría, la administración y la junta de propietarios. Los tres primeros, que son unipersonales, pueden recaer en una misma persona si lo establecen los estatutos o lo acuerda la junta.
2. Los cargos, que son reelegibles, duran un año y se entienden prorrogados hasta que se celebre la junta ordinaria siguiente al vencimiento del plazo para el que fueron designados.
3. El ejercicio de los cargos es obligatorio y gratuito, a pesar de que la junta de propietarios puede considerar la alegación de motivos de excusa fundamentados y que las personas que los ejercen tienen derecho a resarcirse de los gastos que ocasiona su ejercicio.
4. La designación se decide, si no existen candidatos, por un turno rotatorio o por sorteo entre las personas que no han ejercido el cargo.
5. La secretaría y administración de la comunidad pueden recaer en una única persona externa a la comunidad con la calificación profesional adecuada. En este caso, el ejercicio del cargo es remunerado. Cuando las personas que ejercen los cargos han sido designadas por los promotores del edificio, los ejercen hasta la primera reunión de la junta de propietarios.
6. Los estatutos pueden prever la creación de otros órganos, además de los establecidos por el apartado 1.
22/11/2007 00:50
Coñe, no sabía yo que Cataluña tenía una Ley de PH propia. Desde cuando ? Gracias
22/11/2007 13:02
Y lo que es peor, está redactado en catalán.
22/11/2007 13:32
Allá ellos. En realidad yo cada vez más cuando oigo cosas de ese país (o lo que quieran ser) me suena algo lejano, como las noticias de Turquía o Mozambique. He prescindido de ellos, también de sus productos, claro. Gracias por la información.
23/11/2007 22:40
Vamos a ver, aquí hay gente como en todas partes, no generalicéis. La ley está redactada en las dos lenguas y es de fecha 24/05/2006.
Referente a los productos de Cataluña eso es ya una cuestión personal pero me parece que no es para llegar a eso. Si es verdad que tenemos una clase dirigente que da pena, pero estamos en democracia y es lo que vota el pueblo. Respetémoslo.
23/11/2007 23:29
Por supuesto que respetamos lo que vota el pueblo. Pero yo, y muchos, hemos decidido prescindir de ese país, y eso es también respetable. Como lo es que queramos que el dinero de lo que compremos vaya a una autonomía que lo necesite más o, más simplemente, nos quiera. Saludos.
perfil TN
26/11/2007 18:25
Lo bueno del caso es que seguro que compráis productos catalanes pero envasados en otras provincias, con lo cual, acaban pagando más sin saber que encima son de allí, como el ejemplo del Cava, más del 60% del embotellado en otras provincias lo compran a Cataluña.
26/11/2007 18:43
Estoy seguro de que alguna vez nos equivocaremos (tampoco ponemos nuestra vida ni nuestro tiempo en ello) pero no en la mayoría.


Seguro que tú también tienes tus particulares criterios de Comercio Justo (comprar por ejemplo a países que explotan a sus trabajadores o a dictaduras). Para otros muchos no comprar catalán es un criterio de Comercio Justo, tan respetable como cualquier otro.

Tú actúa como te parezca bien y déjanos a nosotros hacer lo mismo.

Saludos
26/11/2007 20:07
No seré yo el que te diga lo que tengas o no tengas que comprar. Pero precisamente eso es lo que pretenden algunos, no te quepa la menor duda.
En mi caso, no voy a renunciar a un jamón de Jabugo, porque el Sr. Chaves no me guste, ni a los plátanos de Canarias, ni al vino de Rioja, ni al marisco gallego.
26/11/2007 20:25
Me temo que la conversación se está haciendo ya algo reiterativa. Efectivamente te agradeceré que no me me digas más si compartes o no mis criterios de compra ni si son correctos (qué es lo correcto?) o no. Como yo no entro siquiera a comentar los tuyos.

Hablemos por tanto de Presidentes. Y aquí también no dejo de sentir una cierta perplejidad porque una ley de política econonómica tan importante para una nación como es la LPH pueda ser legislada autonómicamente.

Me gustaría preguntarte, si lo sabes, si es una competencia exclusiva de Cataluña tras el Estatut? Una competencia que no tienen otras autonomías (pues que yo sepa otras autonomías no tienen esta competencia, ni de lejos).

Saludos
26/11/2007 20:39
Me parece que te excedes. ¿una ley de política econonómica tan importante para una nación como es la LPH?................
Si la ley de Propiedad Horizontal es tan impotante como piensa, no sé que será de la ley de comercio, laboral, industrial etc...
Vueldo a decir que, aquí hay gente como en todas partes y si fueras inteligente deberías ver qué porcentaje votó el estatut. Sólo uno de cada tres, y que la participación no llegó al 50 %. Ahora analizas. Pero con actitudes como la tuya en muchas ocasiones justifican las posiciones catalanas.
26/11/2007 20:47
Por último.

Cuando te expuse el articulado catalán referente a tu pregunta, por si residías en Cataluña o tienes una propiedad por este rincón, ha sido por ayudarte. Pero veo que te ha molestado, lo siento.
26/11/2007 21:05
Efectivamente creo que nos estamos entendiendo mal. Qué quieres que te diga , a mí sí me parece que la LPH es materia de la suficiente relevancia como para que tenga un tratamiento homogéneo en toda España.

Por ello me sorprende la información que me das, y que te agradezco. No, no tengo ningún bien en Cataluña y lo normal es que no tenga nunca (salvo que me lo regalen desde allí, jeje), yo en cierta forma lo considero ya un territorio extranjero.

Y , resumiendo un poco todo. Efectivamente creo que, a un montón de gente, nos resulta cada vez más incómodo relacionarnos con Cataluña (o contigo si eres uno de ellos).

Y que somos también un montón a los que nos importa poco ("un pito" para ser expresivos) si nuestra actitud va a molestar o no a los catalanes: Muchos tenemos la sensación de llevar 30 años cediendo para llevarnos bien (cuando han cedido ellos?).

Yo mismo estuve apoyando el primer estatuto (qué tonto fui). Hoy tengo la sensación de haber sido estafado.

Como cantaba Serrat: "Harto ya de estar harto ya me cansé". Yo prefiero que nos separemos del todo y de golpe, no a plazos ni al ritmo que quiera Cataluña.

Por lo demás te reitero mi agradecimiento por tu información de una nueva cosa del Estatut que no me gusta (permíteme que no me guste). Y por lo demás tan amigos.

Saludos
26/11/2007 21:10
Ah y un matiz final. Suele decirse que la culpa la tienen los políticoa catalanes, no los catalanes. Tú mismo lo sugieres.

Pues bien, a mí ese argumento no me vale. Quienes escogen a esos políticos son los catalanes, los que votan y los que no. Ellos, todos los catalanes con derecho a voto, son responsables de los actos de sus políticos.

Es mi opinión, en consecuencia con la cual pienso y actúo: Ni un duro pallá, ni a empresarios ni en impuestos.

De nuevo mi saludo
perfil TN
27/11/2007 10:46
No hay nada más perverso que hacerse una opinión sobre algo desconociendo todos sus matices.

La LPH de Cataluña no es una competencia que salga del Estatut, dado que esa ley es incluso anterior, es una competencia que sale, tras muchos cambios, y mira que te va a sorprender esto DE UNA LEY FRANQUISTA!!!!!, después se adaptó con la entrada de la Constitución y hasta ahora no se había tocado.

Lo bueno del caso es que la LPH catalana es idéntica a la estatal en muchas cosas y, en las que son diferentes, es porque han adaptado la ley estatal a los pronunciamientos jurisprudenciales, de hecho, el proyecto de reforma de ley estatal era calcado a la ley catalana.

En todo caso, al desconocer el sistema legal, te sorprende que se pueda regular de una forma en un sitio y de otra en otro y es lo más normal del mundo, te puedo poner ejemplos de otros países, supuestamente mucho más desarrollados que el nuestro, donde esto es así (Francia, Alemania, EEUU, etc...) y donde nadie se rasga las vestiduras.

Si quieres miramos cualquier tema civil y te sorprenderá que, siendo la misma ley, dependiendo de la Audiencia provincial donde te toque, el resultado es diferente, a que también desconocías eso?

Y aunque no lo sepas seguramente estarás dando muchos duros a los catalanes, si analizaramos tus gastos, seguro que gran parte se van para allí, puesto que muchas de las grandes empresas tienen allí su sede, como sucede con la mayoría de ciudades importantes.

Tú te crees que eso molesta a los catalanes? por favor, si esa actitud radical da más risa que otra cosa, eres la típica que es oir Cataluña y se le salen las venas del cuello, jajaja. Le sigues el juego a ciertos sectores que buscan eso y que encuentran al público menos informado su campo abonado y que siguen sus consignas, por suerte la mayoría de la gente es cabal.

Y que conste que no soy catalán, pero ver esas opinones tan radicales e intolerantes (con el argumento falaz de que así actuan los catalanes) da más risa y pena que otra cosa.

P.D. Es que te imagino en el Super mirando las etiquetas y dónde está fabricado y da risa.