Buenas noches, soy acreedor de una deuda por un servicio realizado como autónomo reconocida por sentencia firme en un monitorio español, pero parece que el deudor se ha mudado a Portugal y no conserva ningún patrimonio aquí sobre el que pueda ejecutarse. Me pregunto si habría algún modo de solicitar apertura de monitorio europeo sin tener su dirección actual portuguesa, pues por lo que he encontrado parece que en principio este sería un requisito para que sea admitido. También me gustaría si en caso de que hubiese algún modo de lograr que sea admitido habría que pagar tasas y la cuantía de las mismas para la reclamación de un importe que ronda los 500 euros.
Saludos y gracias.