Desde el planteamiento de Anónimo, no entiendo el motivo por el que en algún momento se pudiera haber iniciado actuaciones legales contra el ayuntamiento.
Entiendo que conforme se determine en la adjudicación del Programa de Actuación Integrada correspondiente.
No obstante, siendo que no se ha ejecutado en su totalidad la urbanización del sector, habría que ver la situación actual de la adjudicación del PAI.
Presentar liquidación de un p.a.i.
Anónimo
03/09/2016 00:00
El Ayuntamiento donde resido, aprobo un P.A.I. en el año 2001. Las obras de ejecución se realizaron en 2002 y el primer trimestre de 2003. El Ayuntamiento recepción las obras en febrero del 2005. A día de hoy, todavía no ha presentado la liquidación definitiva de las cuentas correspondientes a dicho P.A.I. . El proyecto incluía partidas que no se llegaron a ejecutar y cuyo importe de algunas de esas partidas superaban los 120.000€ . ¿ Hay un plazo legal en el que se deban liquidar las cuentas del P.A.I ?