Por despiste no he presentado el Boletín de cotización de enero de una empresa y ya se me ha pasado el plazo reglamentario. A parte del recargo del 20%, ¿Existe sanción? Según parece en la ley LISOS es infracción muy grave, pero en ningún lado, a parte del recargo e intereses de mora, nombran dicha sación. Además me parece desproporcionada dicha sanción (desde 3005 euros) siendo la cantidad del boletín de tan sólo 167 euros (con el recargo).