Hola, soy Pasante y Graduado en derecho como ya dije, aún sin el Master de acceso a la abogacía (entiendan la pregunta simple, pero para mi es algo nuevo). En el despacho me han dicho que no es necesaria la aportación con la demanda de las pruebas que se posean en las demandas civiles por Juicio Verbal y tampoco en las que irán al conocimiento de los juzgados de lo social, para "no mostrar las cartas". Sin embargo no me explican, o me explican en plan político y yo no lo veo... la razón jurídica que lo posibilita. Necesito ver la razón lógica del sistema.
- La LJS remite a la LEC de forma supletoria en lo relativo al juicio verbal.
- En las disposiciones comunes de la LEC para juicio ordinario y juicio verbal el art 265 dice que, en cuanto a la aportación con la demanda de documentos y otros escritos sobre el fondo, deberá acompañarse de los documentos en los que fundemos la pretensión, informes periciales, etc.
¿Entonces por qué me dicen en el despacho que no hay que hacer mención a las pruebas que tenemos hasta la misma Vista en un procedimiento laboral? Con estos preceptos entiendo que debo aportar todas las pruebas con la demanda, solicitar interrogatorios o documentos que no se posean. ._.!