Si ha presentado la contestación fuera de plazo y ha sido declarado en rebeldía, no debe quedar copia de la contestación en los autos. La contestación no se puede hacer en el acto de la vista y por ello tampoco se pueden presentar documentos que se hubieran debido aportar con la contestación.
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Buenas tardes; hace unos meses presenté demanda en solicitud de adopcion de medidas de un hijo menor. Resulta que se le dio traslado al demandado pero ha contestado fuera de plazo por lo que el Juzgado ha dictado providencia declarandolo en rebeldia. Mi pregunta es cuales serían las consecuencias de ello, si a mí como demandante me beneficia en algo la declaracion de rebeldía o no. Resulta que he ido al juzgado porque la semana que viene es el juicio y no me quieren dar copia de la contestación, por lo menos quería saber con qué me voy a encontrar en el juicio, los motivos de oposición. Es que ahora me encuentro con que voy a ir al juicio sin saber en qué se opone la parte ni los documentos que me va a presentar y la verdad es que me encuentro ahora mismo indefensa en torno al juicio. Muchas gracias