Qué ocurre si el momento de la comisión no es un sólo momento sinó varios (se comete el delito repetidas veces)? Entonces empieza a correr la prescripción desde la última vez en que se cometió el delito ó desde la primera vez en que se cometió el delito? O para cada vez hay una prescripción independiente?
La única excepción al momento en que comienza a correr la prescripción (momento de la comisión) es el caso de los delitos en que las víctimas son menores de edad.
Hola,
Qué se puede alegar en el caso de que un delito haya prescrito si la persona que debía haberlo denunciado no lo hizo ya que se encontraba bajo un shock emocional por lo sucedido? Luego tratamiento psiquiátrico, etc...y miedo a hacer ningún ruído para no perder definitivamente su trabajo...puede denunciarlo ahora que está más recuperada y puede tomar decisiones con facilidad, ya que cuando debió hacerlo no se encontraba en la situación anímica adecuada?
Gracias por adelantado.