Buenas, pues megustaria saber, exactamente, cuando se paraliza y como debe ser,
Se interpone denuncia por una falta, y esta prescribe a los 6 meses desde que se comete, pero se interumpe los 6 meses por la denuncia, hasta las instrucion en el juzgado o la notificacion al denunciado?
Pues no entiendo que si denuncias o te denuncian, si no se notifica al denunciado, cuando empezara el computo de tiempo de presscripcion?
Mirate la sentencia del caso de "los Albertos". Dijeron que su delito había prescrito porque contaron el plazo no desde que se interpuso la querella contra ellos, sino desde que el juez la admite a trámite.
Pues mi duda es si cada vez que se investiga algo, por via judicial, el contador se pone a cero, como se sabe, cuando empieza la preescripcion, osea te tienen que notificar o como sabe uno, que interrunpe la preescripcion en el juzgado?
Denuncia o querella, se manda al Juzgado, si el juez no declara imputado alguno en 6 meses, , ejemplo en un falta penal y solo llama a personas en calidad de testigos, en esos 6 meses, prescribe por no encontrar a imputado alguno?