hola
en la Comunidad Valenciana
art. 238 de la Ley Urbanística Valenciana, ley 16/2005 30 diciembre.
"prescripción de la infracciones". 1. Las infracciones prescribirán en los siguientes plazos:
a) las graves y muy graves a los cuatro años.
b) las leves en una año.
2. El plazo de prescripción comenzará a computarse desde la fecha en que se hubiera cometido la infracción o, si ésta fuera desconocida, desde la fecha en que hubiera podido incoarse el procedimiento sancionado por aparecer signos exteriores que permitan conocer los hechos constitutivos de infracción.
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