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Prescripción

2 Comentarios
 
21/05/2015 12:03
Intentaré responder aunque quizá no a plena satisfacción por la falta de información.

1.- Estando la construcción incorporada al catastro no te quepa ninguna duda que desde la fecha de su inscripción deberá pagarse el IBI.

2.- No, las infracciones urbanísticas graves y muy graves prescriben a los ocho años contados "desde la total terminación de las obras".

2 bis.- Igualmente, el plazo de caducidad para el ejercicio de la potestad de protección de la legalidad urbanística es de ocho años "desde la total terminación de las obras".

3.- No creo que una foto aérea sirva para probar fehacientemente la fecha " de la total terminación de la obra".
19/05/2015 23:07
Entiendo que mis preguntas no deben parecer muy interesante ya que no tiene contestación alguna pero para mi y mi familiar sí lo es. Ruego algún tipo de consejo, orientación, por favor, sí alguien entiende sobre lo que pregunto, que me responda.
De nuevo, muchas gracias de antemano.
Prescripción
18/05/2015 18:37
Buenas. Agradecerìa aclaraciòn sobre este tema.
Mi hermano compró hace ocho años una vivienda unifamiliar en una parcela de 300 mts.
En septiembre de 2010 realizò una obra sin licencia consistente en un trastero que va desde un lateral de la vivienda hasta el muro que limita el solar, lindando con un jardín público.
Hace un mes entró en la web del catastro para comprobar los datos de su propiedad y comprobò que en el plano que aparecìa ya se contemplaba el trastero edificado. Mis preguntas son:
1.- supongo que cuando se revise el ibi a èl le subirà. ¿cuantos años y que interés le pueden aplicar para regularizar ibi?
2.- ¿Està ya prescrita la falta urbanística? O por el contrario le puede llegar algo del ayuntamiento?
3.- Sirve para demostrar la antiguedad de la obra una fotografía aérea proporcionada por una empresa del gobierno autónomo y certificada con la fecha en la que se realizó?
Y por último. ¿Algún consejo de como actuar para evitar males mayores?
De antemano muchísimas gracias por la información.