Tras un archivo penal por daños en via publica, se interpone escrito dirigido al Ayuntamiento por responsabilidad de la Administración. Tras solictar la Administracion pruebas testificales y otros informes, decide finalmente que ellos no son los responsables y que en todo caso lo será otro organismo (tamb Administracion), por lo que se inhibe y le pasan el expediente a dicho organismo.
Tras citarme y contar mi versión de los hechos ante el nuevo organismo, han dictado una resolución diciendo que se presentó la reclamacion al ayuntamiento fuera de plazo. En concreto yo retiro del juzgado auto de archivo dos meses antes de interponer reclamacion al ayuntamiento, pero al abogado se lo notificaron un año antes, y debido a una confusion con él, no se pressntó la reclaamcion dentro del plazo de un año.
Mi pregunta es: Si el ayuntamiento propone y practica pruebas y luego se inhibe a otro organismo, pueden alegarme la prescripcion o se supone que ya se les ha pasado la oportunidad de hacerlo?
Gracias